Decreto

Oficial: desde hoy Mendoza vuelve a una normalidad casi total

Este sábado se publicó el decreto que establece la flexibilización de actividades en medio de la emergencia sanitaria. Vuelven los eventos masivos al aire libre con un aforo controlado y se terminan los controles de temperatura, entre otros puntos.

Este sábado se publicó en el Boletín Oficial el decreto que establece el regreso a la normalidad de manera casi total en Mendoza. De esta forma, y en medio de las polémicas nacionales, la provincia avanza en su nivel de apertura acorde con los números de la emergencia sanitaria.

Ayer, Mendoza informó que tuvo la semana con menor positividad del año y el viernes la tasa de casos positivos fue del 2,6%, una de las más bajas de toda la emergencia sanitaria. Además, en los últimos 7 días la provincia registró menos de 500 casos.

En los considerando del decreto, la autoridad provincial señala: "Atento a la situación epidemiológica de la provincia y considerando las nuevas habilitaciones dispuestas por la normativa nacional, resulta razonable adoptar medidas que permitan avanzar con la flexibilización de las actividades autorizadas".

Entre los principales cambios, en artículo 1° se dispone "un aforo general para todas las actividades autorizadas en espacios cerrados -garantizando adecuada ventilación- del setenta por ciento (70 %) del factor de ocupación habilitado, hasta un máximo de CUATRO MIL (4.000) personas",

En tanto, en el artículo 2°, se refiere a la situación de los eventos al aire libre, autorizando un aforo máximo de 5.000 personas.

Revisá el decreto completo:

DECRETO N° 1428

Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 494/2021; y

CONSIDERANDO:

Que el mencionado Decreto de Necesidad y Urgencia, dispone diversas medidas en el marco de la emergencia declarada con motivo de la pandemia por Covid-19 por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020, sus normas modificatorias y complementarias.

Que todas las medidas adoptadas como consecuencia de la pandemia, en tanto persiguen asegurar la salud de la población, están sujetas en su vigencia a la situación epidemiológica de la Provincia;

Que resulta necesario buscar un razonable equilibrio entre las diversas actividades económicas, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud;

Que atento a la situación epidemiológica de la provincia y considerando las nuevas habilitaciones dispuestas por la normativa nacional, resulta razonable adoptar medidas que permitan avanzar con la flexibilización de las actividades autorizadas;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA:

- Dispóngase un aforo general para todas las actividades autorizadas en espacios cerrados -garantizando adecuada ventilación- del setenta por ciento (70 %) del factor de ocupación habilitado, hasta un máximo de CUATRO MIL (4.000) personas.

- Autorícense los eventos al aire libre hasta un máximo de CINCO MIL (5.000) personas.

- Facúltese a la Subsecretaría de Deportes, dependiente del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a determinar el aforo de los eventos deportivos, de conformidad con lo dispuesto por la asociación y/o Federación nacional competente respecto de cada práctica deportiva, en conjunto con la autoridad sanitaria nacional.

- Normalizar el funcionamiento de Gastronomìa y Alojamiento bajo la misma modalidad de pre-pandemia.

- Para todas las actividades autorizadas por la presente norma, deberá procurarse la adopción de medidas preventivas contra el CoVid-19 recomendadas por la autoridad sanitaria

- Déjese sin efecto la obligación de establecer controles de temperatura corporal en el acceso a cualquier ámbito, público o privado, previamente establecida en los protocolos vigentes.

- Derógase toda norma que se oponga al presente decreto.

- El presente decreto tendrá vigencia desde la fecha de su publicación.

- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

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