Revisá el decreto con las nuevas excepciones a la cuarentena en Mendoza

Tal como lo anticipó ayer el gobernador Rodolfo Suarez, este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto que permite mayor un mayor desplazamiento y que habilita parte de las actividades de los cultos religiosos.

Desde hoy los mendocinos tienen una mayor libertad para poder desplazarse porque se permitió la actividad física en la provincia. La medida se tomó considerando el buen comportamiento de la población y la situación epidemiológica que sólo cuenta un infectado durante la última semana y fue una caso importado.

Por eso, a través del decreto 620 publicado hoy en el Boletín Oficial se establecieron una serie de actividades que se suman a las excepciones y se establecieron las condiciones bajo las cuales se podrá hacer actividad física. Además, se va a permitir a los practicantes de las diferentes religiones poder asistir a sus templos a rezar, pero no se permitirán misas o actos similares.

Educación física, trotes y paseos en bicicleta 

Por el impacto que tendrá la medida, el permitir la actividad física y un desplazamiento mayor al de los paseos recreativos, es quizás uno de los pasos más importantes que está dando el Ejecutivo provincial. Por lo mismo, el gobernador recalcó la importancia del cuidado personal y del cumplimiento de las medidas preventivas. En el fondo, también es un voto de confianza de Rodolfo Suarez hacia los mendocinos para seguir luego con la apertura de restaurantes y cafés, una medida que se postergó hasta que el Gobierno considere que estén dadas las condiciones.

En lo que respecta a la autorización, el decreto establece lo siguiente: "Dispóngase que las salidas de esparcimiento autorizadas por el artículo 4º del Decreto Acuerdo Nº 563/2020 podrán realizarse trotando o en bicicleta hasta una distancia máxima de cinco (5) kilómetros del domicilio y con las demás condiciones reguladas en la norma referida y sus anexos y las que se establecen en el protocolo que como anexo forma parte de la presente".

Del mismo modo, se exceptuó a los Profesionales de la Educación Física matriculados en el Colegio de Profesionales de la actividad para que puedan desarrollar actividades a domicilio o en espacios públicos con clases hasta dos personas, pero por ahora queda prohibida la apertura de gimnasios 

Permiso religioso y otras actividades 

 El texto del decreto en su artículo 1° dispone como una excepción al "aislamiento social, preventivo y obligatorio las "actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugres de culto de cercanía correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. En ningún caso, tales actividades podrán consistir en la celebración de ceremonias que impliquen reunión de personas".

Además, el mismo artículo exceptúa de la cuarentena a las siguientes actividades:

- Actividad y servicio de mantenimiento y reparación de material rodante ferroviario, embarcaciones, buques y aeronaves.

- Fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimos.

- Actividad de entrenamiento de pilotos.

- Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

- Profesionales y técnicos especialistas en seguridad e higiene laboral.

- Las actividades de las concesionarias de los corredores viales, incluyendo el cobro de peaje.

- Actividad aseguradora desarrollada por compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios.

Revisá el decreto completo:

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