La tarifa eléctrica de Mendoza podría aumentar antes que lo decida Nación
Ya se convocó a una audiencia pública previa a la actualización del VAD (Valor Agregado de Distribución), uno de los componentes del costo del servicio.
Mientras que el Gobierno nacional aún no define qué pasará después de diciembre cuando venza el congelamiento de tarifas, en Mendoza es casi un hecho que al menos la energía eléctrica tendrá un aumento en el corto plazo. Para esto, el EPRE (Ente Provincial Regulador Eléctrico) convocó a una audiencia pública, paso necesario antes de actualizar los valores.
Concretamente, el EPRE convocó a una audiencia pública para el 11 de diciembre, la cual se realizará vía Zoom. En ese marco, se darán los argumentos a favor -y eventualmente en contra- de actualizar el VAD (Valor Agregado de Distribución), uno de los factores que terminan incidiendo en el precio final de la energía eléctrica.
En la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial se destaca que en la audiencia pública se considerará "la Adecuación del Valor Agregado de Distribución (VAD) propio de las distribuidoras de energía eléctrica de la Provincia de Mendoza, para el segundo semestre, conforme al procedimiento dispuesto por Decreto Provincial N° 48/2.017".
La resolución completa
Tema: (*) - CONVOCATORIA AUDIENCIA PUBLICA VAD 2020 SEGUNDO SEMESTRE
Origen: E.P.R.E
Resolución Nro: 149
Fecha: 10-11-2020
MENDOZA, 10 DE NOVIEMBRE DE 2020
VISTO:
El Expediente caratulado: "EX-2020-03651891-GDEMZA-EPRE#SSP s/ PROCEDIMIENTO ADECUACIÓN VAD - AÑO 2020. SEGUNDO SEMESTRE. DECRETO N° 048/2017".
El Expediente EX-2020-05353621-GDEMZA-SSP "Convocatoria a Audiencia Pública para la adecuación del Valor Agregado de Distribución (V.A.D.)" - Solicitud de inclusión de algunos puntos en la exposición.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 48/2.017 aprobó el Procedimiento de Adecuación del Valor Agregado de Distribución (VAD), que contempla un mecanismo de adecuación tarifaria periódica intra-período tarifario, del VAD de cada una de las concesionarias del servicio de distribución de energía eléctrica. Dicho procedimiento respeta el principio de tarifa justa, razonable y homogénea en toda la Provincia y preserva el equilibrio y sustentabilidad del Fondo Provincial Compensador de Tarifas.
Que este mecanismo de adecuación se aplicó por primera vez a partir de la convocatoria a Audiencia Pública realizada por el EPRE mediante Res. N° 53/2.017, debiendo activarse sucesivamente con la temporalidad prevista en la reglamentación.
Que en el marco normativo expuesto, las Distribuidoras solicitaron la plicación del procedimiento mediante la presentación fundada prevista en el punto IV del Procedimiento de Adecuación del VAD que se viene describiendo.
Que en Orden 28 obra la Resolución N° 92 de fecha 19 de Agosto de 2020, mediante la cual, la Secretaría de Servicios Públicos de Mendoza habilitó al EPRE a llevar adelante el citado procedimiento y a convocar a audiencia pública una vez finalizado el estudio pertinente.
Que el EPRE ha procedido a la determinación del nivel de adecuación para cada Distribuidora a partir del análisis de la estructura de costos eficientes determinados en la última Revisión Tarifaria Ordinaria y una evaluación del impacto real de los mismos, conforme lo prevé el procedimiento vigente.
Que el informe del EPRE se instrumenta mediante Memo GTR N° 018/ 2020 de la Gerencia Técnica de la Regulación.
Que conforme lo instruye el Decreto N° 48/2.017, se ha elevado un informe a la Autoridad de Aplicación indicando la adecuación de VAD resultante del estudio realizado y corresponde en esta instancia convocar a Audiencia Pública para dar tratamiento a los resultados obtenidos.
Que el procedimiento de Audiencia Pública, de raigambre constitucional (Artículo 42 de la Constitución Nacional), se constituye por sí mismo, en una garantía del derecho de defensa en sentido amplio, dado que no sólo se escucha al que titulariza un interés directo y personal, sino que se hace participar a quienes tienen una opinión fundada sobre el asunto, aún cuando no sean interesados directos; tutelando de esta manera, no sólo el debido proceso sustantivo por medio de la garantía de oír a los interesados previamente, sino también la existencia de una relación sustancial entre el acto del administrador y el bienestar general del administrado.
Que en función de estos lineamientos corresponde entonces, someter a Audiencia Pública todo lo actuado en relación al tratamiento de los requerimientos de VAD de los distribuidores, poniendo a disposición todos los documentos o instrumentos relacionados y cuyo contenido tenga vinculación con la temática, que interesa a los usuarios en forma directa.
Que por su parte, conforme a lo actuado en EX-2020-05353621-GDEMZA- SSP "Convocatoria a Audiencia Pública para la adecuación del Valor Agregado de Distribución (V.A.D.)" - Solicitud de inclusión de algunos puntos en la exposición, la Secretaría de Servicios Públicos, Autoridad de Aplicación de la ley de Marco Regulatorio Eléctrico, ha solicitado que en esta instancia se dé también tratamiento a los siguientes temas: 1) Asignación a Obras de Multas por Calidad de Servicio con destino a usuarios; 2) Tarifa Social: incremento del cargo CCCE (Contribución para la Compensación de Costos eléctricos) del 5% al 7,5% para cubrir el beneficio de Tarifa Social, excluyendo al Riego Agrícola; 3) Ingresos no percibidos: Para atender este Item se tomará en cuenta el beneficio financiero que logre la Distribuidora en los términos del Art. 87 del Presupuesto Nacional. El saldo quedará condicionado a la consideración de oportunidad y conveniencia del poder Concedente para su traslado a tarifa.
Que en cuanto a la modalidad en que ha de realizarse la Audiencia Pública, cabe tomar en consideración que, por las circunstancias de público conocimiento vinculadas a la pandemia, rige el distanciamiento social obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Que en atención a estas medidas la audiencia pública se realizará en forma virtual con la plataforma zoom, la que permitirá la amplia participación de los interesados en el objeto de la convocatoria y se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas del EPRE con las adaptaciones del caso.
Por ello, normas legales citadas, informes producidos y en ejercicio de las atribuciones emanadas del Art. 54 de la Ley 6.497 y su modificatoria, normas concordantes y complementarias,
EL DIRECTORIO DEL
ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO
RESUELVE:
1. Convóquese a Audiencia Pública para el día 11 de Diciembre de 2020 a las 11:00 hs. con el objeto de considerar:
a) La Adecuación del Valor Agregado de Distribución (VAD) propio de las distribuidoras de energía eléctrica de la Provincia de Mendoza, para el segundo semestre conforme al procedimiento dispuesto por Decreto Provincial N° 48/2.017.
b) La propuesta elevada por la Secretaría de Servicios Públicos:
I. Asignación a Obras de Multas por Calidad de Servicio con destino a usuarios;
II. Tarifa Social: incremento del cargo CCCE (Contribución para la Compensación de Costos eléctricos) del 5% al 7,5% para cubrir el beneficio de Tarifa Social, excluyendo al Riego Agrícola;
III. Ingresos no percibidos: Para atender este Item se tomará en cuenta el beneficio financiero que logre la Distribuidora en los términos del Art. 87 del Presupuesto Nacional, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados de la Nación. El saldo quedará condicionado a la consideración de oportunidad y conveniencia del poder Concedente para su traslado a tarifa.
2. La audiencia pública se realizará de forma virtual mediante la plataforma ZOOM, y se regirá por el Reglamento de Audiencias Públicas del ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELECTRICO (Resolución EPRE N° 37/99 y su modificatoria N° 110/00) y la Ley de Procedimiento Administrativo N° 9003, con las particularidades que se determinen por la presente.
3. La vista de las actuaciones, obtención de copias de las mismas y habilitación del Registro de Participantes, en los términos del artículo 4° de las referenciadas resoluciones, se producirá a partir del día 17 de Noviembre y hasta el momento mismo de inicio del acto, encontrándose disponible la totalidad de la documentación en las dependencias del Ente Provincial Regulador Eléctrico sito en Avenida San Martín 285 de la Ciudad Capital de Mendoza, de 9:00 a 14:00 hs. y en la página web del EPRE (www.epremendoza.gov.ar).
4. Las personas físicas y/o jurídicas que soliciten su intervención como parte en el registro habilitado al efecto, podrán hacerlo hasta las 14 hs. del día 9 de Diciembre de 2020mediante presentación escrita al EPRE en los horarios de atención al público o a través de la página web ya individualizada, proporcionar datos personales, constituir domicilio, acreditar personería según los casos y ofrecer pruebas.
5. Para participar, deberán ingresar entre las 8.30 hs y las 11.00 hs a la Sala de Acreditaciones Audiencia Pública EPRE link: https://us02web.zoom.us/j/4270550206?pwd=enhhbmtwdW1lN094clkzdkxqNlFTUT09 ID de reunión: 427 055 0206 Código de acceso: 12345. Quienes ingresen deberán encender video y audio, identificarse con DNI en mano y suministrar número de celular. Una vez verificado que esa persona está habilitada para participar con voz en la Audiencia, se le enviará por mensaje a través de su celular el link, usuario y contraseña para ingresar a la sesión de la Audiencia Pública. Deberán ingresar con audio y video activados, nombre y apellido colocados en el usuario de Zoom.
6. Dése intervención al Órgano Consultivo a los fines previstos en el Art. 4° bis del Reglamento de Audiencias Públicas del EPRE, aprobado por Resolución EPRE N° 37/99 y su modificatoria.
7. Designar Instructores para dicha Audiencia Pública a los Dres. María Cecilia Azzaroni, Ivan Moyano y Javier Di Natale, en carácter de instructores alternos.
8. Designar Presidente de la Audiencia Pública al Dr. Cristian Samir Azar y Secretarios Actuantes a los Dres. María Cecilia Azzaroni, Dr. Ivan Moyano y Dr. Javier Di Natale indistintamente.
9. Publíquese esta convocatoria a Audiencia Pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en los diarios de mayor circulación de Mendoza (Arts. 9 y 10 de la Resolución EPRE N° 37/99 y complementaria).
10. Publíquese la presente en la página web del ENTE PROVINCIAL REGULADOR ELÉCTRICO individualizada como www.epremendoza.gov.ar
11. Regístrese, comuníquese, y archívese.
ANDREA MOLINA
Presidente EPRE
Ing. CESAR HUGO REOS
Director EPRE
Lic. ANDREA SALINAS
Directora EPRE