Leé "Dólar blue, lavado de dinero y decomisos in rem"
En esta publicación, Pedro Biscay analiza el tratamiento de la operatoria de dólar blue por parte de los tribunales del Distrito Sur de Manhattan, Nueva York, enfatizando los aspectos vinculados al lavado de activos y al uso de decomisos in rem.
El Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (CIPCE) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) presentan "Dólar blue, lavado de dinero y decomisos in rem. El caso Metropolitan Commercial Bank - Partners Capital Investment", escrito por Pedro M. Biscay.
En esta publicación, Pedro Biscay analiza el tratamiento de la operatoria de dólar blue por parte de los tribunales del Distrito Sur de Manhattan, Nueva York, enfatizando los aspectos vinculados al lavado de activos y al uso de decomisos in rem.
También, se profundiza en el tratamiento jurisprudencial de delitos de cuello blanco en los tribunales de los Estados Unidos.
El presente cuadernillo es el primero de una serie sobre criminalidad económico que se irá lanzando a lo largo del año y forma parte de los distintos recursos de capacitación elaborados por el CIPCE.
Empezá a leerlo abajo, pero completá tu lectura haciendo clic en la portada del trabajo o aquí.
Introducción
Desde hace tiempo nuestro país está atravesado por incansables polémicas en torno a
la negociación de dólares en el llamado mercado "paralelo". Es cierto que, en un régimen
de alta inflación, escasez de oferta de divisas y regulaciones cambiaras que dificultan la
compra de divisas, un amplio sector de la sociedad acude a este mercado a modo de
cobertura. Al calor de esta necesidad, mesadineristas, cobradores de servicios a través
de ventanillas de pago, crypto exchangers, agentes de liquidación y compensación de
títulos valores, inmobiliarias, entre otras tantas usinas de negocios, han tomado parte
de este tipo de transacciones, cuya capacidad de expansión va de la mano con el mayor
énfasis regulatorio desplegado desde el Estado Nacional.
Un elemento adicional en esta discusión, cuya importancia rebasa la acotada discusión
acerca de la mera compra con fines de ahorro, es la renovada sofisticación y complejidad
de las operaciones del mercado ilegal de cambios y su mayor exposición a la circulación
de fondos procedentes de delitos que -precisamente- encuentran en la dinámica financiera de intermediación entre divisas, un canal idóneo para el lavado de activos. La ligazón
entre narcos, cuevas y divisas ha quedado cuidadosamente retratada en diversos casos
criminales de los últimos tiempos, mostrando así una de las principales vulnerabilidades
desde el punto de vista de la prevención de delitos financieros.
Por otro lado, tampoco escapa que la denominada "fuga de capitales" no sólo tiene lugar
a través de la simulación de operaciones de pago de importaciones o la prefinanciación
de exportaciones, puesto que existe otro sinnúmero de mecanismos utilizados para
mover dinero fuera del país mediante el uso de canales no autorizados e incluso -en
muchos casos- directamente clandestinos. Pago de servicios al exterior, adquisición de
bienes inmateriales en extraña jurisdicción, etc. Es evidente que a medida que se adoptan regulaciones cambiarias, la presión hacia la fuga de capitales aumenta significativamente, lo cual abre dos caminos posibles: 1. Retroceder firmemente hacia el campo de
la desregulación; 2. Reorganizar el universo de normativas de modo de dotar de eficacia la función regulatoria en materia de cambios. La primera opción queda descartada,
puesto que implicaría desconocer que, siempre y en todos los casos, la regulación abre
la puerta a la "paradoja del control", cuya solución no es el abandono regulatorio, sino el
perfeccionamiento de las reglas de actuación eficaz; mientras que la segunda opción.
plantea un desafío de primera magnitud que invita a un nuevo examen de la cuestión.