¿Por qué habría que poner otros nombres a dos calles, una escuela y el aeropuerto?
Es un proyecto de ley de "Regulación de Nomenclatura Urbana". Si se aprueba, habría que renombrar edificios y calles. Los casos más emblemáticos.
El diputado radical Emiliano Campos presentó un proyecto de "Regulación de Nomenclatura Urbana", que básicamente sentaría los criterios que deberán tenerse en cuenta al momento de ponerle un nombre a un espacio verde, un edificio, un estadio y cada una de las calles de Mendoza.
Además, si se aprueba esta ley, será de aplicación retroactiva. Es decir, habrá que revisar progresivamente si los nombres ya otorgados a las calles y edificios de Mendoza cumplen con lo requerido. Y rápidamente surgen casos contundentes y algunos que se prestan para el debate, entre los que hay una escuela, un auditorio, dos calles, el aeropuerto y mucho más.
En este punto, el proyecto de ley es claro. "En ningún caso podrá utilizarse el nombre de personas vivas o de aquellas cuyo fallecimiento hubiera ocurrido dentro de los tres (3) años anteriores a la sanción de la ley respectiva", dice la iniciativa del diputado radical de Tunuyán.
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Y en el caso de Celso Jaque, actual director de YPF en representación del Estado nacional, le pusieron su nombre a una escuela de Malargüe, departamento que gobernó, y a un auditorio de Tupungato inaugurado en la gestión del peronista Joaquín Rodríguez.
Por otra parte, el proyecto de Campos establece: "Queda prohibido expresamente la imposición del nombre de personas que se hubiesen desempeñado en cargos públicos de cualquier tipo durante los gobiernos de facto". Entonces, ¿habrá que cambiar el nombre al aeropuerto internacional Francisco Gabrielli?
Más allá de haber sido gobernador electo por el voto popular en dos oportunidades, Francisco Gabrielli también estuvo al frente del Poder Ejecutivo de una dictadura, siendo interventor federal de Mendoza entre 1970 y 1972 en representación del gobierno de facto nacional. También hay una calle en Maipú con el nombre del dirigente del PD fallecido en 1995.
Sobre el nombre del aeropuerto, más allá de la vinculación con un gobierno de facto, también hay una cuestión político-familiar detrás: fue el sobrino del homenajeado, el exgobernador peronista Rodolfo Gabrielli, quien lo bautizó con el nombre de su tío.
En relación a la prohibición de nombrar calles con figuras vinculadas a gobiernos de facto, también en Mendoza surge el caso de Pedro Eugenio Aramburu, que le da nombre a una calle en Dorrego (Guaymallén); fue el primer presidente (de facto) tras la "Revolución Libertadora", asesinado en 1970 por Montoneros.
Por otra parte, entre las prohibiciones aparecen "las denominaciones que conlleven connotaciones partidarias". Y, a partir de esto, el panorama se complejiza sustancialmente: ¿no debe haber calles ni escuelas ni edificios ni plazas que se llamen Juan Domingo Perón o Raúl Alfonsín? ¿Qué debería pasar con la calle Víctor Fayad de Maipú?
A partir de esto, se consultó al autor del proyecto. "Puede haber calles Perón o Alfonsín, ya que son figuras trascendentales. Lo que no queremos es que haya denominaciones meramente partidarias, como 'calle los radicales'", respondió Campos ante la consulta de este diario.
"Más allá de que haya parámetros para las nomenclaturas en la Ley Orgánica de Municipalidades, estos no se respetan. Por eso queremos darle un marco legal a nivel provincial y que se cumpla. Tiene que haber un periodo de reflexión, de al menos 3 años, para analizar la vida y obra de alguien antes de poner masivamente su nombre", dijo en referencia a lo que ocurrió en 2010 tras la muerte de Néstor Kirchner.
Más nombres que habría que rever
Otro dato llamativo es el momento en el que se presentó el proyecto, justo cuando el propio radicalismo ya aprobó en la Cámara de Diputados una iniciativa para ponerle "Marciano Cantero" a una avenida del oeste de Godoy Cruz.
Al respecto, el proyecto de Diego Costarelli iría en contra de la iniciativa de Campos, ya que no pasaron los tres años desde la muerte de la personalidad, como exige la iniciativa. Además, el PJ acaba de inaugurar en Maipú el auditorio "Marciano Cantero".
Pero la lista de lugares que habría que revisar si se aprueba el proyecto de Campos es más extensa aun: entre tantos otros, en Mendoza existen las escuelas Abel Albino, Adolfo Pérez Esquivel y León Giego, todos vivos, además de un centro educativo bautizado semanas atrás como Silvia Minoli, exdirectora de escuela, en Lavalle.
Esta iniciativa de Campos es, por el momento, sólo eso: un proyecto de ley que ingresó por mesa de entrada de la Cámara de Diputados y pasará a comisiones la próxima semana, comenzando por Legislación de Asuntos Constitucionales (LAC). Sólo lleva la firma del legislador del Valle de Uco y resta saber si tendrá acompañamiento o si quedará sólo en una ocurrencia más.
Las denominaciones permitidas
a. miembros de la comunidad nacional, provincial o local que, por su lucha, sacrificio, abnegación, búsqueda de la paz, la independencia e integración de los pueblos, la defensa de los valores democráticos, de los derechos humanos, aportes a la cultura, política, educación, ciencias, artes, deportes, hayan manifestado su vocación de servicio y se constituyan como ejemplo de ciudadanía a las generaciones presentes y futuras;
b. lugares, fechas o acontecimientos históricos de nuestra patria en defensa de la democracia, o de la lucha por la libertad y autodeterminación de los pueblos;
c. los nombres de personas o hechos que representen nominal, directa o simbólicamente a las mujeres o feminidades, y al respeto por el principio de perspectiva de género;
d. lugares, sitios geográficos o recursos naturales, que por su importancia natural y ecológica necesiten ser defendidos para su preservación;
e. denominaciones de provincias o localidades argentinas;
f. los nombres en lenguas aborígenes;
g. otras denominaciones que revistan el objeto de la presente ley.
Las prohibiciones
a. el nombre de personas que se hubiesen desempeñado en cargos públicos de cualquier tipo durante los gobiernos de facto; o que hayan sido condenados por delitos dolosos;
b. las denominaciones que conlleven connotaciones partidarias;
c. las designaciones contrarias a los valores democráticos, a la paz y la concordia social, o que signifiquen una reivindicación de hechos violentos o una ofensa a cualquier persona o grupo de personas;
d. los nombres de personas o hechos que hayan incumplido con el principio de la perspectiva de género;
e. nombres de sociedades o empresas comerciales o financieras o de cualquier otra entidad que hiciere presumir finalidades económicas;
f. otras denominaciones que violen el espíritu de esta ley