Este es el decreto de Fernández con las nuevas restricciones
Repasá el DNU que prevé restricciones para todo el país, con mayor rigidez en algunas zonas de "alto riesgo" epidemiológico.
Este jueves, minutos antes de las 15, se dio a conocer el decreto de necesidad y urgencia (DNU) del presidente Alberto Fernández, donde se oficializan las restricciones que anunció el jueves, con medidas que regirán para todo el país y otras sólo para zonas de "alto riesgo" epidemiológico.
En primer lugar, en su artículo 10, el decreto prevé la continuidad de las clases presenciales en todo el país "dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas".
Además, el DNU de Fernández da potestad a los gobernadores para, eventualmente, suspender las clases presenciales en sus respectivas provincias "conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente.
Por otra parte, se restringen en todo el país las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares a un máximo de 10 personas. Sin embargo, en las zonas de "alto riesgo", se prohíbe todo tipo de encuentro, incluso aquellos en los que haya menos de 10 personas.
En referencia a esas zonas de "alto riesgo", se dispone un "toque de queda" entre las 0 y las 6 de la mañana.
También se prohíben las actividades y reuniones sociales al aire libre de más de 20 personas; la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados con más de 10 personas "o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros.
En este punto, el DNU hace una excepción para las competencias oficiales (nacionales, regionales y provinciales) de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas: se podrán realizar siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias.
También en las zonas de "alto riesgo" se suspende el funcionamiento de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas. Y los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) sólo podrán funcionar hasta las 23 horas, tal como había anticipado el Presidente.
También para las zonas de "alto riesgo", como algunos departamentos de Mendoza, se reduce la capacidad de ocupación de locales gastronómicos, gimnasios, cines, iglesias y teatros -entre otros espacios con acceso al público- al 30%.
¿Está Mendoza en zona de "alto riesgo" epidemiológico?
El DNU no lo aclara, pero incluye una fórmula para calcular qué departamentos o regiones son consideradas de "alto riesgo".
-"La razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos CATORCE (14) días y el número de casos confirmados acumulados en los CATORCE (14) días previos, sea superior a UNO COMA VEINTE (1,20)".
-"La incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos CATORCE (14) días por CIEN MIL (100.000) habitantes, sea superior a CIENTO CINCUENTA (150)".
Asimismo, el DNU incluye un link que enumera qué departamentos son de "alto riesgo", donde vuelven a aparecer sólo seis de Mendoza: Rivadavia, San Martín, Capital, Godoy Cruz, Luján y Maipú, "partiendo" al Gran Mendoza en dos, ya que Las Heras y Guaymallén no están incluidos.
Al respecto, Las Heras, Guaymallén, Junín y Tunuyán son considerados departamentos de "riesgo moderado". En este punto, como el gobernador tiene la facultad de ampliar restricciones, podría emitir un decreto provincial para que la situación en el Gran Mendoza y el Este sea uniforme.