Fallos judiciales: la Corte respaldó el ítem aula y los descuentos a los docentes
Este jueves se difundieron dos fallos, uno de ellos correspondiente a descuentos similares a los que se hicieron en el último paro, pero correspondientes a la gestión de Alfredo Cornejo. En el otro rechazaron el pedido de sindicalistas para cobrar el ítem aula sin dar clases.
Coincidentemente con la situación actual que reclama el SUTE respecto a los descuentos a los docentes por los días de paro, los cuales impactaron en sus salarios por el ítem aula, este jueves se conocieron dos fallos de la Suprema Corte que resolvió en plenario apoyar una medida similar aplicada duranta la gestiónde Alfredo Cornejo.
En el primero de ellos se le negó el pedido a dirigentes que tienen licencias gremiales, que no dan clases y que querían cobrar el íteam aula. En el segundo, en tanto, se avaló el descuento de los días de paro a docentes que hicieron una movilización en 2017.
El fallo logró la mayoría a través de los magistrados de filo radical, los cuales impusieron su número mientras los de extracción peronista apuntaron a apoyar la petición del gremio.
El caso más parecido a lo que actualmente reclama el SUTE fue el que elevaron tres docentes y en el que la Tercera Cámara del Trabajo autorizó el descuento del ítem aula por participar en una huelga nacional desarrollada el 29 de noviembre de 2017.
En este caso se trató de una jornada de paro, por lo que el juez Omar Palermo, de filo peronista, consideró "que el ejercicio legítimo del derecho a huelga puede considerarse razonablemente incluido dentro de las tres inasistencias justificadas al mes y diez al año, no acumulables, que contempla la norma para mantener el derecho al cobro del ítem". Además, agregó que "si bien el ejercicio del derecho de huelga puede dar lugar al no pago de la retribución monetaria por el periodo de tiempo que se extiende la medida (a consecuencia de la suspensión de la prestación personal), sin embargo no encuentro razonable que se descuente el "ítem aula" correspondiente al mes completo ante un (1) día de huelga, en tanto en el caso concreto, aparece como una medida discriminatoria que afecta el ejercicio legal del derecho a huelga".
En la votación finalmente la posición de Palermo y Julio Gómez fueron minoría frente a los cinco votos de José Valerio, Teresa Day y Pedro Llorente, a quienes se sumaron Alejandra Orbelli y Silvina Miquel, reemplazantes de Dalmiro Garay y Mario Adaro que fueron recusados en las causas.
El segundo caso en el que la Corte apoyó la decisión del Gobierno, en este caso de Cornejo, fue en el que tres sindicalistas solicitaban cobrar el ítem en cuestión a pesar de no estar en el aula y apuntando a sus licencias gremiales.
"La falta de percepción del ítem aula por el ejercicio de la representación o actividad sindical a quienes le corresponde su pago es inconstitucional e inconvencional", consideraba el pedido del SUTE que en primera instancia la Cuarta Cámara del Trabajo falló a favor del sindicato. Sin embargo, esa decisión fue apelada por la DGE y ahora la Suprema Corte la revocó.
En esa instancia el Gobierno, a través de la Dirección General de Escuelas reclamó que no se tuvo en cuenta el fallo de la Corte sobre la constitucionalidad del iteam aula y agregaron que "las actoras eligieron libremente ejercer un cargo de representación gremial que les impide estar frente al aula".
Al igual que en el caso anterior, Palermo se puso del lado del sindicato, y Gómez lo siguió. Sin embargo, se volvió a imponer la mayoría de cinco a dos.
De esta forma, el Gobierno sumó dos fallos para enfrentar las presentaciones judiciales que hizo el gremio docente por los descuentos realizados por los paros de las últimas semanas, los cuales tuvieron una participación que hace años no se registraba en Mendoza.