Aborto: los puntos más importantes del proyecto aprobado en Diputados
El proyecto tiene como objetivo que las mujeres y personas gestantes puedan acceder a un aborto de manera gratuita y legal. Fue aprobado en Diputados y ahora deberá ser ratificado en el Senado.
Este viernes, a las 7.30, la cámara de Diputados de la Nación aprobó por 131 votos a favor, 117 en contra y 6 abstenciones la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Si bien resta que el proyecto sea tratado en el Senado para obtener sanción definitiva, estos son algunos de los puntos clave de la iniciativa que continúa su rumbo en la cámara alta.
Ni bien la legalización del aborto fue aprobada en Diputados, automáticamente empezó el conteo en el Senado. Desde el Gobierno calculan que por el momento cuentan con "33 ó 34" votos a favor, cuando se necesita un mínimo de 37 para que la interrupción voluntaria del embarazo se convierta finalmente en ley.
Las claves del proyecto
- Regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.
- Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones:
--> Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de trece (13) años, la declaración jurada no será requerida.
--> Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
- Derechos en la atención de la salud. Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento.
- Consentimiento informado. Previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
- Personas menores de edad. Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento a fin de ejercer los derechos que otorga la ley. En las personas menores de 16 años se requerirá su consentimiento.
- Objeción de conciencia. El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. A los fines del ejercicio de la misma, deberá:
--> Mantener su decisión en todos los ámbitos, público, privado o de la seguridad social, en los que ejerza su profesión;
--> Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones;
--> Cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.
- Cobertura y calidad de las prestaciones. El sector público de la salud, las obras sociales, las entidades y agentes de salud deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo.
- Educación sexual integral y salud sexual y reproductiva. El Estado nacional, las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios tienen la responsabilidad de implementar la ley 26.150, de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.