La pandemia exige explicaciones
Un artículo de fondo publicado por EnDisidencia.com, pone en foco la forma en que ha sido abordada y comunicada, con la autoría del reconocido abogado Ignacio Boulin.
Tal como se suele decir, en una guerra la primera víctima es la verdad. La frase viene a cuento para estos días apestados: guerras y epidemias suelen ser (mal) asimiladas. Sin embargo, la manera en la que el derecho permite a los gobiernos actuar en unas y otras es muy distinta. En una guerra los secretos de Estado adquieren una intensidad máxima. En una epidemia, la transparencia es -o debería ser- la norma.
Antes de continuar, reconozco que se trata de una situación realmente inédita, por lo cual habría que conceder el beneficio de la duda a los funcionarios por las medidas que toman. Sin embargo, creo que el rol de la discusión pública es fundamental y por eso me animo a hacer estas consideraciones.
Archon Fung, profesor de la Kennedy School of Government, sostiene qué hay cinco datos clave que deberían publicarse a diario:
1. ¿Cuántos son los infectados?
2. ¿Cuántos fueron testeados?
3. ¿Cuántos se recuperaron, están en el hospital, en terapia intensiva o han fallecido?
4. ¿De dónde son?
5. ¿Cómo se contagiaron?
El Ministerio de Salud nacional tiene dos partes diarios, conferencias de prensa, brinda información de manera proactiva y en buena medida cumple estos cinco criterios. Sin embargo, el acceso a la información podría mejorarse si: (i) se liberara toda la información disponible; (ii) se presentara en formato de datos abiertos; (iii) se desagregara al máximo posible; (iv) las provincias presentaran esta información, de manera desagregada y en datos abiertos.
El criterio de la máxima apertura es también el de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. En la Resolución 1/2020, indicó que las autoridades -sobre todo las que están directamente involucradas en el acceso a la información pública, deben "informar proactivamente, en formatos abiertos y de manera accesible a todos los grupos en situación de vulnerabilidad, de forma desagregada sobre los impactos de la pandemia".
Hay gobiernos que lo hacen. Argentina podría imitar a Nueva Zelanda, que en sus reportes diarios detalla, por ejemplo, la cantidad de tests que se hicieron el día anterior, el promedio de los últimos siete días, los que se testearon desde el principio a la fecha y el stock que les queda de tests. Esta información, además la publica en formato de datos abiertos y la desagrega por cada condado.
Argentina, y sus provincias, podrían imitar también a Massachusetts, que desagrega, por ejemplo, la cantidad de camas de terapia intensiva ocupadas por región; o desagrega las muertes según si las personas fallecidas tenían enfermedades preexistentes.
Contar con esta información es conveniente pues, por un lado, con mejor información tomamos mejores decisiones (puede verse sobre esto el libro Simpler, de Cass Sunstein). Más aún, acatamos en mayor grado las decisiones cuando las entendemos. O también, podemos cuestionarlas con más claridad cuando, a pesar de entenderlas, consideramos que son inconvenientes o irracionales.
Por otro lado, la difusión de esa información por canales oficiales es fundamental para reducir los riesgos de la desinformación. Si bien es cierto que el ciudadano común no se mete a cada rato en la página web del Ministerio de Salud, los periodistas pueden oficiar de mediadores en forma creible con datos. Y esos datos, abiertos, confiables, incrementan la calidad del debate público. Y la discusión pública abierta y robusta mejora la respuesta de los gobiernos a las pandemias.
En su libro Development as Freedom, Amartya Sen demostró que ningún país con una democracia real y con libertad de expresión ha sufrido hambrunas. La libertad de expresión y la democracia, al permitir la crítica y el disenso, hacen posible el castigo electoral de los líderes que toman malas decisiones: por eso, tienen un fuerte incentivo a proteger ciertos bienes básicos como la seguridad alimentaria. El mismo argumento puede hacerse frente a una pandemia.
Los datos reales dinamizan el debate de forma tal que las personas y los expertos pueden contradecirse con buenas razones, porque la ciencia no es unívoca. Hay múltiples expertos, y son falibles. Un ejemplo rápido viene al caso: el director ejecutivo de la Organización Mundial de la Salud sostuvo el 30 de marzo que era indiferente usar tapabocas: "No existe evidencia específica que sugiera que el uso de máscaras por parte de la población en masa tenga algún beneficio potencial. De hecho, hay alguna evidencia que sugiere lo contrario si una máscara no se usa correctamente". Sin embargo, el 3 de abril un estudio publicado en Nature por científicos japoneses encontraba lo contrario. Hoy, en Argentina, al parecer los barbijos sí son efectivos; tanto que son obligatorios.
El ejemplo sirve para mostrar que cuando no hay claridad, acallar las voces disidentes (ya sea de manera directa o indirecta) no es el mejor camino. Tampoco lo es impedir que esas voces disidentes se manifiesten en las calles, como lo hacen de manera general los decretos que disponen el aislamiento.
Una restricción al derecho de reunión tiene que ser analizada con criterios muy estrictos de razonabilidad, pues es uno de los derechos políticos básicos (más aún cuando la fuente de la restricción es un decreto de necesidad y urgencia, que por sus propias características carece de discusión previa en el Congreso, sin perjuicio de su ratificación posterior). De hecho, en Estados Unidos el estándar de evaluación de una restricción al derecho de reunión es el mismo que el de la libertad de expresión, porque usualmente el derecho de reunión se ejerce para expresar algo, para dar un mensaje, para protestar. El Sistema Interamericano tiene parámetros parecidos de protección. Y en una emergencia los derechos asociados a la libertad expresiva tienen una protección especial.
No tengo conocimiento de ningún fallo judicial que haya declarado inconstitucional los decretos de aislamiento por restringir de manera ilegítima el derecho de reunión (como sí ocurrió en Alemania). Pero sí se ha visto la "interpretación" que están haciendo los órganos encargados de hacer cumplir el aislamiento. El 1ro y el 6 de mayo hubo manifestaciones del Polo Obrero, respetando la distancia social, porque no llegaba la comida a los comedores. La policía de la Ciudad de Buenos Aires acompañó la protesta -o dicho de otro modo, no actuó para ejecutar el cumplimiento de la norma-.
En Santa Fe, el 6 de mayo hubo una protesta de comerciantes autoconvocados que se quejaban por la cuarentena. Al parecer, tampoco hubo una actuación judicial o policial al respecto.
Que no haya actuado la policía es democráticamente sano. Pero queda el problema de la norma en sí. Los decretos que impusieron el aislamiento no parecen lo suficientemente ajustados al objetivo perseguido. Si se permite funcionar a ciertas industrias o a programas de televisión cumpliendo protocolos sanitarios, se puede argumentar que cancelar lisa y llanamente el derecho de reunión es irrazonable. En este sentido, prohibir de manera absoluta el derecho de reunión requiere una justificación exhaustiva para demostrar que es una medida razonable bajo nuestras normas constitucionales, y que específicamente compare por qué se exceptúan ciertas actividades mientras otras, esenciales para la democracia, se mantienen prohibidas.
"Mandar es obligar. Gobernar es persuadir. Y al hombre es mejor persuadirlo que obligarlo", dijo Perón en su época de león herbívoro. La democracia requiere explicaciones. En épocas excepcionales, las explicaciones son más necesarias que nunca.
EL AUTOR. Ignacio Boulin, abogado. Universidad Nacional de Cuyo y Universidad Austral. Para leer más artículos como este en EnDisidencia.com, hacé clic aquí.