Blanqueo de capitales: cómo funciona y qué incluye
Entró en vigencia la ley del blanqueo que incluye la compra de propiedades usadas, compra de insumos y tenencia de moneda extranjera.
El blanqueo de capitales para la compra de viviendas usadas y para el pago de importaciones fue reglamentado y este viernes quedó publicado en el Boletín Oficial.
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A partir de este viernes el blanqueo podrá usarse para la construcción, para la compra de inmuebles usados -comprendidos aquellos que con carácter previo a la adquisición por parte del o de la declarante de los fondos hubiesen estado habitados o afectados a arrendamiento, uso, usufructo, habitación, anticresis, superficie u otros derechos reales- y el pago de insumos de importaciones.
"Va a dar grandes resultados y generar un empuje muy fuerte en el mercado inmobiliario. Si hacemos la difusión correspondiente esto va a dinamizar el mercado en gran manera" dijo el presidente de la CIA, Alejandro Bennazar.
La importación de insumos y bienes de capital para la industria también están comprendidos en la ley. Esto le permitirá a las empresas realizar un blanqueo de dinero no declarado.
Mediante el "Régimen de Incentivo a la Inversión y Producción Argentina", se podrá "declarar de manera voluntaria" ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la tenencia de "moneda extranjera en el país y en el exterior" dentro de un plazo de 360 días desde la entrada en vigencia.
El dinero declarado "deberá depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina (CeproAr)" y mantenerlas allí "hasta que sean afectadas" para el pago de las importaciones.
La Secretaría de Comercio exceptuará a estos giros en el del Sistema de Importaciones de la Republica Argentina (SIRA) la aplicación del Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF).
Además del plazo de casi un año para el blanqueo, la medida fija un impuesto especial cuya alícuota será del 5% de lo declarado si se hace dentro de los primeros 90 días de creado el régimen; del 10% si se hace en los siguientes 90 días; y del 20% si se realiza en los últimos 180 días.