El salario mínimo en América Latina, país por país

Un 90% de los países del mundo cuentan con un salario mínimo. En América Latina, México fue el pionero al establecerlo en 1917, mientras que Perú fue uno de los últimos en incorporarlo.

Es la cuantía mínima de remuneración que un empleador está obligado a pagar a sus asalariados por el trabajo que éstos hayan efectuado durante un periodo determinado. Esta cuantía no puede ser rebajada ni en virtud de un convenio colectivo ni de un acuerdo individual. Esta es la definición de salario mínimo que le da la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Un 90% de los países del mundo cuentan con un salario mínimo. En América Latina, México fue el pionero al establecerlo en 1917 mientras que Perú fue uno de los últimos países de la región en incorporarlo en la Constitución en 1962, según la OIT.

La finalidad del establecimiento del salario mínimo es proteger a los trabajadores contra el pago de remuneraciones indebidamente bajas. La existencia de una remuneración salarial mínima ayuda a garantizar que todos se beneficien de una justa distribución de los frutos del progreso y que se pague un salario mínimo vital a todos quienes tengan empleo y necesiten esta clase de protección, señala esta organización.

Andrés Marinakis, especialista en Políticas de Mercado e Instituciones Laborales de la OIT para el Cono Sur de América Latina, en un artículo publicado en la web de la OIT señala que "si se toma con referencia la línea de pobreza por persona que calcula la la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) se puede afirmar que en la mayoría de los casos el salario mínimo continúa siendo insuficiente para satisfacer las necesidades de los trabajadores y de sus familias. Por lo tanto, sigue constituyendo un objetivo prioritario que el salario mínimo se vaya acercando progresivamente a ese nivel".

Según el portal web de Ekos Negocios, hasta agosto pasado estaba en cuarta posición. En primer lugar estaba Costa Rica con un salario mínimo de 541 dólares, seguido de Uruguay con 437 dólares y en tercer puesto está Chile con 422 dólares. El más bajo de la región está Venezuela con 3,55 dólares, por debajo de países como Haití (69 dólares) y Cuba (15 dólares).

Una nota publicada en el sitio web de CNN Español, a mediados de diciembre, ubica a Ecuador en tercer lugar. La lista (en la que no se incluye Costa Rica) la lidera Chile con 490 dólares y en segundo lugar está Uruguay con 416 dólares.

El salario mínimo en América Latina, país por país

Chile vivió una ola de protestas en octubre pasado. El presidente Sebastián Piñera firmó un proyecto de ley que busca asegurar un ingreso mínimo garantizado de 490 dólares.

En la lista de los más altos le siguen Paraguay con 341 dólares y Bolivia con 306,7 dólares.

La nota señala que los salarios más bajos son los de Venezuela y Nicaragua y México.

El gobierno de Nicolás Maduro fijó en octubre de este año el salario mínimo en Venezuela en 300.000 bolívares, esto es unos 16 dólares.

Según el diario venezolano El Nacional, en su página online, "entre los cinco productos de primera necesidad que se pueden comprar con el nuevo salario mínimo mensual de un trabajador (150.000 bolívares) se encuentra el arroz que tiene un precio de 21.000 bolívares por kilo, aunque hay establecimientos que ya lo tenían por encima de los 40.000 bolívares, y una harina de maíz, que está en 24.500 bolívares".

En Nicaragua está en 129 dólares (para el sector agropecuario) y 161 (para el sector empleados)

México aumentó el salario integral (mínimo) en un 20% a nivel nacional y un 5% en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN). Desde el 1 de enero 2020 el salario mínimo nacional pasará de 102,69 pesos (unos 5,4 dólares) a 123,22 pesos (6,5 dólares) al día, es decir 3.746 pesos (unos 198 dólares) al mes, según publica CNN Español.

El salario mínimo en América Latina, país por país

Esta nota habla de:
San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima
Legislatura

San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima

La ley prohíbe el uso de cualquier técnica, actividad, mecanismos, sistemas y tecnología destinada a alterar o modificar artificialmente de forma directa e intencional la fase atmosférica del ciclo hidrológico en las etapas de condensación o precipitación, sumado a provocar cambio artificial del clima, sobre el territorio sanluiseño.

Observatorio económico