Qué marcas de café, miel y frutos secos prohibió la Anmat

La Administración Nacional de Alimentos y Tecnología Médica informó este miércoles de la prohibición de varios productos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), luego de una exhaustiva investigación tomó la determinación de prohibir una serie de marcas de café, miel y frutos secos.

La Anmat dio a conocer estas medidas este miércoles 19 de julio de 2023 a través de sendas Disposiciones publicadas hoy Boletín Oficial de la Nación.

Mediante la Disposición 5280/2023 publicada en el BO la Anmat prohibió la venta de un café brasileño, también por considerarlo un producto ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en las plataformas de venta en línea el producto: Café tostado natural en grano marca Runa Café, Nombre de fantasía: Santos Brasil y cualquier otro café marca Runa que no presente en sus rótulos números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y/o de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal", informó el organismo.

La miel prohibida

A través de la Disposición 5263/2023 publicada este miércoles en el Boletín oficial la Anmat prohibió una marca de miel por considerarla ilegal.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto: Miel de abeja de Córdoba marca Establecimiento Dulcinea en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento", se explicó desde la Anmat.

La media es "por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".

Los frutos secos prohibidos

La Anmat, mediante de la Disposición 5279/2023 publicada hoy en el BO la prohibió la venta y consumos de una serie de frutos secos y sus derivados.

"Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: Maní crocante sabor jamón, marca Productos FA-DI, Maní repelado salado, marca Productos FA-DI, Pasas de uva s/ semilla, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, Ciruelas s/ carozo, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT", indicó Anmat.

Y añade: "Mix frutos secos, marca Productos Naturales, fraccionado por DIS-FRUT, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y números de RNPA pertenecientes a otros productos, resultando ser en consecuencia productos ilegales".

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