Cómo funcionará el sistema financiero: cheques y otras operaciones

No habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 1 de abril de 2020. Tampoco se computará para el vencimiento de plazo de 30 días para la presentación de los mismos los días 25 y 26 de mayo.

En el marco de la cuarentena obligatoria dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional entre el 20 y el 31 de marzo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió, a través de la Comunicación A6942 , que las entidades financieras y cambiarias no podrán durante ese período abrir sus sucursales para la atención al público y deberán seguir prestando servicios a los usuarios en forma remota, como por ejemplo, para la constitución de plazos fijos, el otorgamiento de financiaciones y para garantizar los servicios relacionados con el sistema de pagos.

El documento indica que:

- El BCRA, al mismo tiempo, garantizará la provisión de efectivo para que los bancos adopten todas las medidas necesarias, incluyendo los recursos humanos, para asegurar la suficiente provisión de fondos en cajeros automáticos y la continuidad de la operatoria relacionada con la extracción de efectivo en puntos de extracción extrabancarios.

- En este lapso de días no habrá compensación electrónica de cheques, por lo que las sesiones de compensación se reanudarán el 1 de abril de 2020. Tampoco se computará para el vencimiento de plazo de 30 días para la presentación de los mismos los días 25 y 26 de mayo.

- También dispuso que las entidades financieras y cambiarias podrán operar entre ellas y con sus clientes en el mercado de cambios de forma remota. El BCRA garantizará la operatoria, a través del SIOPEL, de las operaciones cambiarias mayoristas y de las licitaciones de LELIQ.

Cómo funcionará el sistema financiero: cheques y otras operaciones

- En el mismo sentido y con el objetivo de responder a las necesidades del funcionamiento del sistema financiero, se mantendrán operativas las Cámaras Electrónicas de Compensación, el Medio Electrónico de Pagos, las redes de cajeros automáticos y de transferencia electrónica de fondos, las administradoras de tarjetas de crédito y débito, los adquirentes y procesadores de medios de pago electrónicos, los proveedores de servicios de pago, así como sus prestadores conexos y toda otra infraestructura de mercado necesaria para la normal prestación de los servicios de las entidades financieras y de los sistemas de pago.

- Durante la cuarentena, se admitirá la operatoria en forma remota de las bolsas de valores y mercados de capitales autorizados por la CNV, la Caja de Valores y los agentes del mercado de capitales registrados ante la CNV.

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