Promulgación

Desde hoy está permitido manejar y hablar por "manos libres"

El inciso 9 del artículo 52 de la Ley de Tránsito N° 9024 establece la prohibición de utilizar "sistemas de comunicación que impliquen operación manual, salvo que se mediante tecnología realizada de manos libres que no interfiera con la conducción".

El Poder Ejecutivo promulgó la reforma de la Ley de Tránsito y Movilidad de Mendoza que autoriza explícitamente el uso de sistemas de manos libres para hablar por teléfono mientras se conduce. La normativa, que entra en vigor hoy, tiene como objetivo aclarar un punto que generaba dudas entre los conductores.

Hasta ahora, la ley prohibía el uso de teléfonos móviles en los vehículos, sin excepciones claras. Ahora, el inciso 9 del artículo 52 de la Ley de Tránsito N° 9024 establece que queda prohibido utilizar "sistemas de comunicación que impliquen operación manual, telefonía móvil, lectura de mensajería instantánea y auriculares, salvo que se mediante tecnología realizada de manos libres que no interfiera con la conducción".

Esto incluye la posibilidad de leer mensajes y realizar llamadas mediante sistemas bluetooth o de lectura electrónica.

También se reglamentó la utilización de los celulares para los servicios de entrega, que por lo general es realizado en motos. La normativa permite utilizar sistemas de geolocalización, como Google Maps, siempre que los dispositivos estén asegurados en un soporte fijo que no interfiera con la conducción ni obstaculice la visibilidad.


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