Dalmiro Garay, presidente de la Corte: Celulares en prisión y el "justo equilibrio de los derechos"
El presidente de la Corte Dalmiro Garay habló sobre la decisión de quitar los teléfonos celulares de las cárceles y cómo los establecimientos deberán cumplir con las normas prepandémicas antes de retirarlos
Finalmente, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza determinó que los celulares de las cárceles deberán ser retirados en un plazo de seis meses, garantizando la normalización de las visitas. En diálogo con Gabriel Conte, Evangelina Argüello y Hernán Bitar en "Tenés que saberlo", por Radio Jornada 91.9, 100.1 de San Martín y FM del Condado 96.9 de Luján, el presidente de la Corte Dalmiro Garay habló sobre el fallo y cómo deberán adecuarse los establecimientos para cumplir la normativa.
"La resolución que vino la apelación a la Corte lo que hacía era regular de qué manera se tenían que sacar los celulares y ponía condiciones, una de ellas que fue la que fue motivo de agravio y era casi de imposible cumplimiento, vinculada a la provisión de telefonía pública y semipública en los penales, cuestión que era muy difícil, casi imposible de acceder y que en la época que vivimos era posible ser reemplazada por otro mecanismo que no sea ese. Lo que hicimos fue volver al régimen prepandemia, ratificando la vigencia de la ley que prohíbe la tenencia particular de celulares en los penales por parte de los internos. La visita física que tenían los internos había sido reducida a la mitad en cuanto al tiempo, lo que hemos dispuesto es que tiene que ser semanalmente, como era antes de la pandemia. Obviamente no puede haber teléfonos, que se garantice la comunicación pero lo haga el servicio penitenciario de manera regulada", explicó Garay.
El presidente de la Corte señaló que en su momento el juez decidió flexibilizar la norma, que era prohibitiva, y que una vez que salimos de pandemia se continuó igual: "La decisión de la Corte la hemos analizado en distintos planos: hay un plano jurídico, hay una ley que prohíbe el uso de celulares en las cárceles; hay un argumento vinculado de que atenta contra la inseguridad, porque se pueden cometer delitos y se han cometido delitos dentro de las cárceles; pero me parece que es el estándar jurídico el que tenemos que mirar, qué rige como normativa dictada por la Legislatura provincial y cómo nosotros garantizamos en ese marco la comunicación interna".
Además, Garay señaló que muchos internos tienen la posibilidad de estudiar de manera online y que el Servicio puede garantizar con la tecnología ese acceso: "Lo que se ha dejado son los celulares para las madres que están privadas de su libertad para el contacto con sus hijos. Eso está vigente y no fue impugnado", explicó.
El magistrado explicó que sostuvieron el plazo del juez de seis meses para el retiro y que depende del Servicio Penitenciario cómo lo va a aplicar: "Lo que no puede pasar es que se produzca el retiro de los celulares sin el restablecimiento de la visita semanal. Esa condición está, el Servicio deberá adecuar su funcionamiento para poder garantizar al interno que todas las semanas pueda ver a su familia físicamente y en ese caso va a poder hacerlo por unidad penitenciaria, si lo va logrando, o todo el Servicio en general. Tiene ese plazo de 6 meses para adecuarlo a la decisión".
El presidente de la Corte señaló que según el último informe había un total de 3500 celulares aproximadamente sobre una población de cerca de 6000 internos y que hay denuncias de crímenes cometidos desde la cárcel con los celulares: "El Ministerio Público Fiscal en el expediente ha incorporado una planilla con distintos hechos que están investigando. En algunos casos ya están comprobados y en otros en curso de investigación que han sido estafas o delitos cometidos virtualmente por personas que están privadas de la libertad con este tipo de celulares".
Garay señaló que desde su rol busca lograr equilibrios en el juego de derechos: "Es cierto que están privados de la libertad y es cierto que un interno tiene derecho a la comunicación. Hay que ver si el derecho a la comunicación se ejerce excesivamente con un celular, eso es lo que nosotros decidimos que no. El derecho a la comunicación tiene otras maneras de ejercerse y decir que se ejerce con un celular es violar la norma que regula parte de la ejecución de la pena".
Además, dio importancia a encontrar un equilibrio: "Las visitas son muy importantes y garantizar en ciertos casos la comunicación. Me parece que es un punto central, lograr que el justo equilibrio de los derechos encuentre una solución razonable, que es lo que nos parece que se logra con el fallo que hemos sacado".
Garay también se refirió a los inhibidores de señal y señaló que no pueden seleccionar el área que inhiben: "Además, está pensado para otra cosa: nosotros hemos decidido que legalmente no puede haber celulares en las cárceles. ¿Va a haber celulares ilegales en las cárceles? Quizás sí, y el inhibidor está pensado para eso: cuando hay un celular que está prohibido, inhibir la señal de aquellos que utilicen celulares aún violando la prohibición. Ahí el Servicio deberá ver qué mecanismos utiliza. Un inhibidor quizás en Almafuerte 1 y 2 quizás funcione, pero va a inhibir la señal de los penitenciarios. Es una solución que no veo por ahora que cuaje con la tecnología que existe".
Por otro lado, el presidente de la Corte señaló que están trabajando en un convenio con el SINTyS para poder acceder a una base de datos importante: "Lo único que tenía que hacer la persona era presentarse, decir que no podía pagar la tasa y se ligaban oficios a diferentes organismos, eso después se sustanciaba y el juez resolvía. Lo que estamos viendo es si con el SINTyS, que es un sistema que tiene todas las bases de datos de AFIP, Anses, Registro Automotor, terminamos teniendo un convenio, ya está casi listo, y automáticamente se hace una consulta ahí y el beneficio se otorga de forma automática. Eso nos va a liberar una cantidad de tiempo y de recurso humano muy importante y vamos a seguir con el mismo mecanismo de otorgamiento. Lo mismo estamos pensando para las sucesiones, mayormente las que no tienen discusiones entre los herederos, si creamos una secretaría única que tramite todo de una manera directa. Estamos viendo estos bolsones de procedimientos que se han hecho siempre así y que hay que ver cómo los cambiamos porque muchas veces son cuestiones que no ameritan el trabajo jurisdiccional".
Finalmente, Garay señaló que es posible que se hayan demorado en abordar el tema de los celulares pero que este no es solo un tema del Poder Judicial: "El Servicio Penitenciario podía avanzar en el restablecimiento de las condiciones anteriores. De hecho, la visita familiar era semanal, terminó la pandemia y la restableció solo de manera quincenal. Fueron todos motivos para mantener un status quo que no solamente confrontaba con la norma vigente, sino que confrontaba con la situación de hecho que había generado la posibilidad de flexibilizar la norma. Lo que se hace ahora es volver a cauces más normales, donde si tenés una ley que no es inconstitucional, o no ha sido declarada inconstitucional por ningún juez, es vigente y es la que regula con muchas otras cómo va a estar la persona privada de la libertad, si no hay ninguna situación excepcional que amerite una flexibilización, no hay otra manera que cumplir la norma", concluyó.