Minería

Al borde de la mayoría de edad: ¿la 7722 tiene condición de intocable?

Este jueves 20 de junio se cumple 17 años desde la aprobación de la Ley 7.722, la normativa que mantiene frenado el desarrollo minero de Mendoza. Los intentos por avanzar a pesar de ella y cómo sacó a Mendoza del mapa minero del mundo.

Hace 17 años, y bajo la administración de Julio Cobos, se aprobó una norma que prohibía el uso de algunas sustancias químicas en la industria minera y que, además, ponía un filtro político para avalar los procesos técnicos que aprobaban el desarrollo de un proyecto minero. Al ser promulgada se le asignó el número 7.722, el cual resultó ser el número que sepultó el desarrollo de la industria minera en Mendoza.

A un año de la mayoría de edad, la ley ya se encargó de frenar el desarrollo minero. Primero limitando el uso de químicos que se utilizan necesariamente para el procesamiento de minerales específicos y segundo, y aún más importante, con un filtro político legislativo que resultó ser efectivo en el momento en que el activismo antiminero necesito de ese aspecto específico de la ley.

En los 17 años de vigencia de la ley, la única inversión netamente privada que se hizo en Mendoza es la de Wincul S.A. en Cerro Amarillo. En su primera campaña de exploración gastó más de US$10 millones en la construcción del camino para llegar al área en la que iba a realizar sus primeros sondajes y la perforación de cuatro pozos. Recordemos que Hierro Indio avanzó con la inversión de PRC S.A.U. con dinero que dejó la brasileña Vale al Estado mendocino (tras el traspaso de Potasio Río Colorado), ya que antes -aún con su DIA aprobada- no logró encontrar el financiamiento privado para su proceso de exploración.

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Si bien en el segundo tramo de la administración de Rodolfo Suarez y el inicio de la segunda gestión de Alfredo Cornejo se aprobaron declaraciones de impacto ambiental para exploración, la normativa no perdió poder fuego, porque hasta hoy sigue "invicta" en lo que se refiere a la explotación de proyectos mineros. El único intento que se hizo para aprobar una explotación minera fue en 2011, cuando se envió la DIA del proyecto San Jorge a la Legislatura. Aunque cumplía con todos los aspectos técnicos, incluso los que establece la Ley 7.722, se archivó por pedido de Francisco "Paco" Pérez a los legisladores peronistas cuando era candidato a gobernador.

Desde ese momento, hubo algunos intentos al final de la gestión del mismo Pérez para avanzar con la exploración de Cerro Amarillo y Hierro Indio, pero sin éxito. En la administración, y hablando únicamente de exploración, se busca ganarle un movimiento en la partida de ajedrez a la 7.722 con una DIA general para Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO), liberando el primer filtro legislativo para más de 300 propiedades mineras ubicadas en el departamento del sur provincial.

Vigente, pero casi innombrable

Algo muy mendocino es pretender que por el hecho de no hablar de algo signifique que no existe. Pareciera ser el caso de la ley que hoy está de cumpleaños y que se evita mencionar en medio del nuevo impulso minero del Estado mendocino. 

Se destacó al nuevo Código de Procedimientos Mineros y MDMO como avances para hacer minería, pero lo cierto es que a Mendoza en 17 años no vinieron las inversiones porque tiene una ley compleja, la cual deja en manos de la política decisiones que en otros lugares toman organismos técnicos especializados.

El mejor ejemplo para confirmar el impacto negativo de la Ley 7.722 es el informe anual del Instituto Fraser de Canadá, el cual refleja en un ranking los mejores y los peores distritos para invertir en minería alrededor del mundo. Desde la aprobación de la Ley 7.722, Mendoza fue cayendo en el listado hasta desaparecer en las últimas dos publicaciones. No se trata de una publicación menor, ya que en países mineros por excelencia como Chile se le da relevancia a los datos que entrega el informe.

Aunque puede resultar positivo y hasta necesario adecuar legislación antigua, la realidad indica que la ley antiminera fue el verdadero freno para hacer minería en Mendoza, cuestión que tienen muy clara los activistas y políticos que están en contra de la industria minera, los cuales defienden la ley tal cual está porque les resulto altamente efectiva.

Recordemos que hay muchos actores de la política mendocina que hicieron sus carreras con el discurso de la 7.722, algunos de los cuales todavía mantiene puestos de privilegio en base a una norma que en el discurso defiende el agua de Mendoza, pero que en lo práctico sólo espantó inversiones.

¿Hasta cuánto seguimos con la 7.722?

En el actual impulso minero del Ejecutivo de Mendoza se apuesta al desarrollo de la producción de cobre sin tocar la Ley 7.722, destacando que -según dijo el gobernador- la mayoría del mineral de cobre se puede extraer con las restricciones vigentes. Eso, apostando a la explotación de mineral sulfurado por flotación para obtener concentrado de cobre. Otro proceso no sería posible por las restricciones de la ley antiminera para el uso de químicos.

En lo jurídico, la norma mendocina (que nunca fue reglamentada) fue avalada en 2015 por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza que la consideró constitucional. En 2019 desapareció durante una semana tras la aprobación de la Ley 9.209, la cual venía a generar un marco de desarrollo para la actividad minera, pero fue derogada por la violencia que se generó a raíz de las protestas de diferentes organizaciones.

En 2021 la Corte Suprema dictaminó -por el recurso de Minera San Jorge- la inconstitucional la frase de la 7.722 que indica la prohibición "otras sustancias tóxicas similares" junto al cianuro, mercurio, y ácido sulfúrico, señalando la necesidad de ser específicos a la hora de prohibir químicos.

Aunque en el uso cotidiano y en los discursos políticos se da como un hecho que la decisión de la Corte es general y para todos los proyectos, lo cierto es que sólo rige para el caso del proyecto de la minera San Jorge, que fue la que avanzó con el recurso. Sin embargo, lo lógico es que tomando la decisión del máximo tribunal la política mendocina hubiera actuado en concordancia con el fallo y ajustara la ley a lo que dice la Corte Suprema, cuestión que aún no ha sucedido.

Es que a sus 17 años la 7.722 se volvió casi innombrable, porque mientras menos se la mencione pareciera que va a desaparecer, pero la realidad indica que volverá tarde o temprano volverá a ser un dolor de cabeza para el desarrollo de la actividad minera. No lo será por la prohibición al uso de químicos, sino por el aval político que se pide para las declaraciones de impacto ambiental. 

Hoy se puede tener un panorama de lo que puede pasar en base a los colores que conforman la Legislatura, pero no sabemos qué pasará en el futuro y, lo que es peor, nadie le puede asegurar a un inversor que, en el momento que quiera desarrollar su proyecto, tiene 100% garantizada una aprobación. La política no se guía por la ciencia, se guía por cientos de razones e intereses diferentes.

La Ley sigue vigente, sigue presente y seguirá siendo un escollo mientras no se toma la decisión política de reformarla. Eso, o en su defecto, dejará de ser relevante cuando se cumpla lo que esperan en el Gobierno de Mendoza con el nuevo plan de desarrollo minero, que las inversiones lleguen y se haga minería a pesar de la 7.722. Ahora resta esperar y ver el curso de los acontecimientos.

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