Los bancos no podrán operar cauciones

Así lo resolvió esta tarde la autoridad monetaria en un intento por desactivar la presión sobre el denominado dolar contado con liquidación (CCL), aprovechando el diferencial de tasas de interés entre las operaciones bursátiles y el mercado financiero.

El directorio del Banco Central dispuso ayer que los bancos no podrán realizar operaciones con cauciones bursátiles, al tiempo que determinó que los exportadores deberán elegir entre financiarse con cauciones o con el sistema financiero, hasta un tope de 1.500 millones de pesos.Así lo resolvió ayer la autoridad monetaria en un intento por desactivar la presión sobre el denominado dólar contado con liquidación (CCL), aprovechando el diferencial de tasas de interés entre las operaciones bursátiles y el mercado financiero.A través de la comunicación A-6978, el BCRA resolvió que "a partir del 17 de abril de 2020 inclusive, las entidades financieras no podrán realizar operaciones de caución bursátil tomadoras ni colocadoras."El presidente del BCRA, Miguel Pesce, había anticipado horas atrás que la suba del dólar CCL se relacionaba con que "se han aprovechado de las circunstancias de la coyuntura, con sucursales de los bancos que no estaban abiertas y la baja tasa de interés, para llevar adelante maniobras especulativas que han actuado sobre los mercados de bonos, que son donde se refleja estos tipos de cambios"."Esta medida busca que los bancos vuelquen al mercado financiero todo el excedente que recibieron por la devolución de las LELIQ de manera que puedan financiar a las Mipymes y atender las necesidades de las empresas", explicó una fuente de la autoridad monetaria.De la misma manera, los exportadores deberán optar por financiarse por el sistema financiero para que si quieren elegir las cauciones se vean obligados a liquidar divisas.Las dos medidas buscan descomprimir la cotización del dolar CCL que presiona al resto de las cotizaciones y resta capacidad prestable al sistema.Al mismo tiempo, el BCRA decidió fijar la tasa mínima para los plazos fijos de hasta un millón de pesos, en el equivalente al 70% de la tasa de política monetaria para personas humanas.

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