Empleados públicos

El estatal que echó Cornejo en 2019 y que recién ahora dejará el cargo

Pasaron casi tres años desde la sanción que aplicó el entonces gobernador Alfredo Cornejo y la efectiva remoción de este empleado del Registro Civil.

En octubre de 2019, en la recta final de la gestión de Alfredo Cornejo, el Gobierno de Mendoza decidió echar a un empleado del Registro Civil por inasistencias injustificadas en 2018 y 2019. Sin embargo, para que se efectivice la sanción, tuvieron que pasar casi tres años.

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En su momento, la Subdirección de Personal informó que el agente Mariano Enrique Sotelo tuvo seis días de inasistencias sin justificar en 2018 más otros tantos en marzo de 2019, superando largamente las seis faltas sin justificar, lo que justificaría su remoción.

A raíz de esto, el Ministerio de Gobierno, del que depende el Registro Civil, le inició un sumario administrativo a Sotelo por los hechos informados. En junio de 2019 fue citado, pero se abstuvo de declarar para dar su versión, y a través de un decreto Cornejo lo cesanteó por inasistencia injustificadas.

Pero Cornejo y su equipo no pudieron hacer efectiva la salida de este empleado del Estado por un detalle no menor: Sotelo era representante sindical. De esta manera, al contar con la famosa "tutela gremial", no podía ser cesanteado.

Sin embargo, desde 2019 a la fecha, finalizó el proceso judicial de "exclusión de tutela sindical" y, al no contar ahora con "fueros gremiales", finalmente el gobernador Rodolfo Suarez firmó un decreto haciendo efectiva aquella sanción de Cornejo.

"Hágase efectiva la sanción de cesantía aplicada al agente Mariano Enrique Sotelo, quien revista en el cargo Clase 007, Encargado de Segunda, Régimen Salarial 05, Agrupamiento 1, Tramo 03, Subtramo 05, de la Unidad Organizativa 02- Dirección del Registro del Estado Civil", dice el decreto.

El decreto completo:

Visto el Expediente Nº EX-2022-01169509-GDEMZA-MGTYJ, mediante el cual se tramita la sanción de cesantía al agente MARIANO ENRIQUE SOTELO; y

CONSIDERANDO:

Que en orden 03 de las presentes actuaciones obran antecedentes informando que la sanción aplicada se haría efectiva una vez finalizado el proceso judicial de exclusión de tutela sindical en contra del agente MARIANO ENRIQUE SOTELO, C.U.I.L. Nº 20-35184300-5;

Que por Decreto Nº 2429/19 se dispuso la sanción de cesantía en virtud de las inasistencias injustificadas;

Que por Decreto Nº 2827/19 se deja sin efecto la sanción de cesantía y se ordena que se aplique la sanción de referencia en suspenso y se establece que la misma se hará efectiva una vez finalizado el proceso judicial de exclusión de tutela sindical correspondiente al agente SOTELO;

Que en orden 04 obra dictamen de Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°- Hágase efectiva la sanción de cesantía aplicada por Decreto Nº 2827/19, al agente MARIANO ENRIQUE SOTELO, C.U.I.L. Nº 20-35184300-5, quien revista en el cargo Clase 007, Encargado de Segunda, Régimen Salarial 05, Agrupamiento 1, Tramo 03, Subtramo 05, de la Unidad Organizativa 02- Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Jurisdicción 05- Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, de conformidad con los argumentos expuestos en los considerandos del presente decreto, por encuadrarse su conducta dentro de las causales establecidas en el Artículo 5º inc. a) del Anexo de la Ley Nº 9103.

Artículo 2°- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

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