Una por una: qué restricciones propone el Gobierno para los 4 segmentos de riesgo
El Ejecutivo avanzó este lunes con el proyecto que busca darle al presidente las herramientas para poder tener mayor control sobre las restricciones y evitar situaciones como las de Mendoza y CABA, donde las medidas del último DNU no se aplicaron de la forma que esperaban en Casa Rosada.
Este lunes ingresó el "proyecto de ley Emergencia Covid" que el Gobierno espera aprobar antes del 21 de mayo para que el presidente pueda aplicar un nuevo DNU con más poderes y que no suceda lo pasó en Mendoza y CABA, donde la medida no se aplicó de la forma que quería el presidente Alberto Fernández.
La propuesta del Ejecutivo propone "reglas generales para todo el país en las que se incluyen medidas de prevención, como uso obligatorio de barbijo, ventilación; y luego, la segmentación por riesgo epidemiológico".
Además, en el caso de los distritos en estado de "Alarma", el poder Ejecutivo estará autorizado para tomar medidas adicionales como la suspensión de las clases presenciales.
De esta manera, quedará establecido por ley qué tipo de restricciones se van a aplicar dependiendo del segmento de riesgo en el que se ubique un distrito.
En las zonas de bajo riesgo, por ejemplo, "se aplican las conductas generales de prevención".En lugares designados como "riesgo medio", aparecen otras restricciones como las reuniones en casas particulares.En aquellos que estén en "alto riesgo", se agregan por ley, las siguientes medidas:
-La prohibición de las reuniones familiares.
-El cierre de salones de fiesta y de salones gastronómicos.
-Prácticas recreativas en lugares cerrados.
-Bingos.
-Reuniones religiosas.
-Restricciones adicionales de circulación.En este tramo también se plantean medidas adicionales por parte de los gobernadores.
Además, si las medidas no funcionan tras 21 días, se da potestad al Gobierno nacional para tomar medidas para evitar pasar a alerta.El estado de "alarma" es caracterizado por la cercanía de una saturación del sistema sanitario y se tomarán las siguientes medidas:
-Cierres de ferias y shoppings.
-Circulación limitada a partir de las 20.
Un punto fundamental es que en este caso, es "el Poder Ejecutivo quién está autorizado a tomar medidas adicionales", entre ellas, que "quede suspendida la presencialidad hasta que se pase a un estado inferior" de peligro.De acuerdo al texto, el "estado de alarma" solo puede regir para conglomerados de más de 300 mil habitantes, mientras que en los lugares de menos de 40 mil se aplican las reglas generales y las decisiones adicionales de gobernadores.