Quiénes pueden y quiénes no pueden comprar dólares hoy en el país
El Banco Central de la República Argentina dispuso sucesivas restricciones para los usuarios que desean acceder a la divisa extranjera. Memo te cuenta en detalle si estás autorizado o no para tener U$S 200 mensuales.
Que ahorrar, en un país como Argentina, no es tarea fácil no es ninguna novedad. Pero, desde el que se impuso la restricción que determina que sólo es posible comprar 200 dólares mensuales, la limitación es mayor. Y más aún si, para saber si estás o no habilitado, tenés que leer las circulares del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y ver de qué lado de la cancha te tocó jugar.
Para saber si te será simple o no anotar un gol, siguiendo con la analogía futbolera, Memo te cuenta en detalle quiénes pueden y quiénes no pueden comprar la divisa estadounidense hoy en el país. Si salimos de la cancha, en palabras técnicas, se trata del contenido de las comunicaciones A 7030 y A 7105 que el BCRA ha publicado en los últimos meses.
Gente que sí
- Empleados públicos y funcionarios. - Empleados y desempleados que no hayan cobrado el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Se trata del famoso ATP, lanzado justamente este año para asistir a la economía pandémica. - Personas que estén jubiladas. - Rentistas. - Importadores, aunque tienen algunas trabas -según qué importen-. - Empleadores, sólo si no han percibido créditos al 24% - Monotributistas. Únicamente los que no hayan recibido créditos a tasa 0% ni hayan cobrado Ingreso Familiar de Emergencia. El IFE también es una medida de supuesto carácter excepcional implementada como ayuda en la cuarentena.
Gente que no
- Los que refinanciaron la tarjeta con el plan a 12 meses, lanzado en abril y en septiembre. - Los que accedieron al congelamiento de la cuota UVA. - Los que postergaron el pago de créditos bancarios durante la pandemia. - Los que solicitaron un crédito a tasa de 0%. - Los que reciben algún plan social del Gobierno, por ejemplo el IFE. - Los que perciben algún tipo de subsidio del Gobierno. - Los que no puedan demostrar que poseen un ingreso económico legítimo. - Los que en los últimos 90 días invirtieron con dólar MEP y/o con CCL (Contado con Liquidación). - Los que compran bienes o servicios con tarjetas en dólares, ya que se les descuenta del cupo mensual. - Los que no tienen ingresos suficientes que justifiquen ahorros en divisa extranjera. Esto depende del banco con el que opere cada persona. Lo ideal es consultar en la entidad financiera con la que cada uno opera para saber los límites mínimos y máximos.