Plantean un master plan ferroviario para Mendoza

Los legisladores Mauricio Torres y Jorge Difonso presentaron un proyecto de master plan ferroviario para el que piden una política de Estado que incluya a toda Mendoza.

Dos legisladores de San Carlos, Mauricio Torres y Jorge Difonso, plantearon ante sus pares la necesidad de avanzar en un master plan ferroviario para Mendoza. Lo que no deja de ser un sueño para algunos, en este caso se volvió iniciativa para generar los estudios adecuados para su concreción.

"La Mendoza del futuro, a corto, mediano y largo plazo, es una inquietud que ponemos a consideración de esta Cámara de Diputados, y por su intermedio a nuestro Poder Ejecutivo provincial, pues en definitiva será quien lo pueda poner en práctica y transformarlo en realidad", señalaron Torres y Difonso en su iniciativa.

Como receptores de las inquietudes de un grupo de expertos en el tema, plantearon la necesidad de fjjar una política de Estado al respecto.

Al fundamentar su iniciativa, los legisladores la incluyeron como una "propuesta de planificación urbana y rural, integrada con planificación de la movilidad y transporte con medios no contaminantes para toda la provincia de Mendoza, que le hemos dado en llamar Master Plan.

El mapa ferroviario que propone Difonso.

De tal modo, indicaron que en el proyecto exponen "pensamientos, ideas y extrapolamos también antecedentes importantes que ya hubo en nuestra provincia en otros tiempos no tan lejanos, pero todos con la intención de pensar la Mendoza del futuro, en este caso desde el punto de vista urbanístico, pero sobre todo, poniendo la columna vertebral en el crecimiento poblacional junto al servicio de transporte publico de pasajeros, en especial, el uso del tren, y otras formas de un servicio ferroviario de calidad, que comunique a todas las regiones, que sea pensado en que hay que comunicar las poblaciones, pero además debe ser un servicio no contaminante, sustentable, perdurable en el tiempo, y en la medida de lo posible, autosustentable desde sus costos de puesta en marcha y mantenimiento".

No son ajenos a que poner en marcha una política sostenible ferroviaria requerirá de fuertes sumas de dinero. Los legisladores expresaron que una iniciativa de esta envergadura "seguramente trascenderá los mandatos de gobiernos, y por tanto, debe estar siempre presente en sus políticas de desarrollo y por tanto, su correspondiente partida presupuestaria que haga realidad esta planificación".

"Con el espíritu de avanzar concretamente en el tema del transporte de mercaderías y pasajeros sobre rieles en la provincia y con el objetivo de preservar inalterable el sistema ferroviario de Mendoza, considerando el valor estratégico del recorrido y ubicación de la red de ferrocarriles que cursan toda la provincia y vinculan centros urbanos, zonas productivas y campos naturales", señalaron Torres y Difonso.

Manifestaron su convencimiento de que "no existirá otra posibilidad de trazar un nuevo sistema ferroviario con acceso tan claro y medular a las zonas de interés comercial y social como el que hoy existe, sin que la provincia tenga que erogar indecibles sumas de dinero con extenuantes gestiones y que difícilmente obtengan parecidas prestaciones a la red existente, por cuanto el ferrocarril es un medio de movilidad fundamental para el transporte de cargas dentro y hacia fuera de la provincia e imprescindible para la movilidad masiva de pasajeros y permitir descomprimir la creciente presión del tránsito particular las rutas y centros urbanos donde el aumento de la congestión está ligado a la disminución de la calidad de vida y dignidad humana, y que muchos de los bienes muebles y inmuebles, en uso o desuso que posee el ferrocarril son parte indiscutida de nuestra historia y acerbo socio- cultural con gran valor patrimonial, también proponemos declarar de interés publico y valor estratégico todo el sistema ferroviario actual de nuestra provincia".

Definieron en su proyecto algunos puntos:

- Territorio: "Es el área donde se desarrolla la vida, el hábitat y las actividades y su entorno. Debemos conocer qué tenemos, en qué lo podemos transformar y decidir en qué lo queremos transformar".

- Movilidad: "Comprende todo aquello que se desplaza dentro del territorio, personas y bienes que necesitan conectarse físicamente con las áreas del territorio. La movilidad comprende los traslados, las vías, medios y modos de comunicación. Su planificación y la optimización de los recursos para su eficiente operación".

-AMGM: "Es el Área Metropolitana Gran Mendoza, que comprende Capital, Las Heras, Guaymallén, Godoy Cruz, Luján, Maipú y Lavalle, a las que podría anexarse la Zona Este y Valle de Uco reduciendo a 45 minutos el tiempo de viaje al centro en tren".

En el articulado de la iniciativa legislativa incorporaron lo siguiente:

Articulo 1º: Declárese de interés publico la recuperación y extension del tendido ferroviario de la provincia de Mendoza.

Articulo 2°: A tal fin, establecer como política de Estado para Mendoza el Master Plan contenido en la presente Ley.

Articulo 3°: El anexo que forma parte de este cuerpo legal, es parte integrante de la presente ley.

Articulo 4°: Se declara a los espacios ferroviarios existentes en la provincia, mas espacios físicos, inmuebles e infraestructura, de "Valor estratégico y de interés publico" para la provincia de Mendoza.

Articulo 5°: La Provincia de Mendoza ejecutara por si, previa transferencia acordada por convenio con el Gobierno Nacional, o como Director Ejecutivo de este MASTER-PLAN, si este es desarrollado por el Gobierno Nacional, las acciones establecidas en esta ley, y en su anexo parte de la misma.

Articulo 6°; El presente MASTER-PLAN, podra desarrollarse por el sistema de administracion, licitacion publica o concesion de obra, por la provincia o por la nacion, según convenio en el marco de la normativa vigente.

Articulo 7°: La provincia de Mendoza gestionara ante el Gobierno Nacional, la recuperacion y puesta en funcionamiento del territorio, bienes muebles e inmuebles de las distintas lineas ferreas existentes hoy en Mendoza, y las incorporara a este MASTER-PLAN de recuperacion y refuncionalizacion.

Artículo 8°: Se declaran inalienables y no embargables, el espacio físico y bienes ferroviarios de Mendoza, mas la totalidad de los bienes muebles e inmuebles que lo componen.

Artículo 9º: En la ley de presupuesto anual, se establecerán los objetivos y acciones puntuales correspondientes a este MASTER-PLAN, mas las partidas presupuestarias correspondientes, que se ejecutaran en el año en curso.

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