El Gobierno tiene el aval de empresarios de San Rafael para defender la reforma laboral
Distintas entidades empresariales se presentaron para participar del proceso judicial de la CGT, pero la Cámara del Trabajo los desestimó a todos. La Procuración los abogó ante la Corte Suprema.
En el recurso extraordinario que presentó la Procuración del Tesoro ante la Corte Suprema por el Amparo de la CGT, dondedefendió la constitucionalidad del Decreto 70/2023 y pidió que se suspendan los efectos de la sentencia del fuero laboral, el Gobierno se respaldó en las entidades empresariales que apoyan la reforma laboral del DNU desregulador, entre las que se destaca la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael. Estas se presentaron para participar del proceso judicial y así defenderlo ante el Supremo, pero el juzgado laboral denegó sus peticiones en todos los casos.
Cuando empezaron a caer denuncias de amparos reclamando cautelares que suspendan el Capítulo IV del decreto por invalidez constitucional, distintas cámaras empresariales y entidades industriales se expresaron en defensa de la reforma y el Gobierno les agradeció "el acompañamiento". No todas las entidades que manifestaron la intención de intervenir en el expediente lo hicieron: fueron 9 las que efectivamente pidieron presentarse como terceros ante el caso de la CGT.
Todas ellas fueron enumeradas por el Gobierno en el escrito que presentó ante el máximo tribunal, como apoyo de uno de los argumentos clave de la apelación de la sentencia que dejó sin efecto la reforma: la norma en cuestión excede los intereses individuales de la CGT y, por consiguiente, al ser de alcance nacional debe ser tratado por un juzgado federal.
El recurso argumenta que la central obrera "pretende obstaculizar las medidas de gobierno de la actual Administración" y "en el marco de un proceso judicial que no responde a un caso y con una sentencia que proyecta sus efectos más allá del interés de las partes, abarcando a gran parte de la población y a otros sectores que no participaron del proceso", detalló el documento firmado por el procurador Rodolfo Carlos Barra y el subprocurador Marcos Sebastián Serrano.
La denuncia de la central planteó la invalidez constitucional del decreto y, por lo tanto, los jueces definieron sobre si se hallaban los requisitos necesarios para emitir un DNU y no resolvieron sobre los derechos laborales supuestamente vulnerados. Es por eso que "aparece indiscutible la competencia del fuero Contencioso Administrativo Federal" y no del fuero laboral, reclama el Poder Ejecutivo, y por ende piden que se revoque la sentencia.
DNU: cuáles son las entidades empresariales que quisieron intervenir en el caso de la CGT
Para sostener este punto, el Gobierno se apoyó de los empresarios que, afectados por la reforma, defienden su aplicación. Se presentaron:
- la Cámara de Comercio, Industria y Agropecuaria de San Rafael (CCIA)
- el Movimiento Empresarial Anti Bloqueos
- la Unión de Emprendedores de la República Argentina
- la Bolsa de Comercio de Córdoba, la Cámara de Comercio de Córdoba
- la Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
- la Federación Comercial de Córdoba
- la Unión Industrial de Córdoba, la Bolsa de Cereales de Córdoba
- la Fundación Apolo Bases para el Cambio
- el Centro de Internet y Economía Colaborativa ("CIECOL")
Acto seguido, enumeró a las entidades empresariales. "A ninguna de ellas se les dio lugar", detalló.
DNU: el sector empresarial defendió la reforma laboral
En el caso de los industriales cordobeses, pidieron ser tenidos como tercero interesado en el recurso extraordinario porque "el carácter colectivo del derecho invocado por el acto hace que sus efectos proyecten prácticamente sobre todos los empleadores afectados, impidiéndoles implementar las reformas realizadas por el DNU". A la Corte, agregó, "le solicitamos que revoque lo decidido y deje sin efecto la medida cautelar ordenada".
En la presentación alegaron que, al contrario de lo que planteó la central obrera, la reforma conlleva "consecuencias positivas para grandes empresas y PyMES del país". En esa línea, afirmaron que las medidas "son esenciales para la reactivación de un mercado laboral exangüe", ya que elimina los costos innecesarios para los empleadores y asegura la libertad de los trabajadores.
Ejemplificó con la eliminación de las multas previstas en la Ley de Empleo (24.013), la simplificación de la registración laboral del trabajador, la necesidad de consentimiento expreso del empleado para retener el pago de aportes sindicales y la opción de un sistema de capitalización para el pago de indemnizaciones por despido. "La suspensión cautelar ha provocado, además, una situación de extrema inseguridad jurídica que termina por perjudicar a los trabajadores supuestamente representados por la CGT", agregó.
La Cámara del Trabajo respondió que la petición resulta inatendible, ya que no se predicó que la figura se trate de un supuesto de intervención necesaria, y, por lo tanto, desestimó la solicitud.
De todos modos, reclamaron que "lo resuelto impacta en nuestra vida empresarial cotidiana y entendemos que tenemos el deber y el derecho de hacernos escuchar". Defendieron que sí existe una situación de necesidad y urgencia en el marco económico que justifica el decreto y que la reforma no vulnera ningún derecho adquirido por los trabajadores.
"Nosotros como empresarios no encontramos artículo alguno que afecte la dignidad de los trabajadores o la igualdad de trato, tampoco encontramos afectación alguna a la libertad sindical", afirmó en la presentación. Además, consideraron que "hablar de dignidad del trabajador a los empresarios nos parece un exceso", ya que si existiera ese tipo de afectación debería "pasar a la competencia del derecho penal". La explotación es un paradigma empresarial "superado", expresaron.
Asimismo, alegan que reducir los costos "de un distracto laboral conflictivo", asegurarle al sector PyME "que no van a ser víctimas de acciones directas del sindicalismo" y que tendrán mayor flexibilidad "para adecuar turnos de trabajo", ayuda a generar más empleo. "Entendemos que esto es de lógica pura, pero lamentablemente nos vemos en la obligación de explicarlo", ironizaron.
La Cámara respondió parafraseando la propia conclusión del movimiento y expresó: "La inexistencia de agravio impide siquiera analizar el escueto planteo".
En la presentación defiende la emergencia ocupacional que justifica el DNU y sostuvo que la modificación de algunas consideraciones del Régimen Legal del Contrato de teletrabajo "son variantes necesarias para lograr una efectiva modernización laboral". Dentro de las desregulaciones que consideran necesarias, mencionaron como ejemplo la derogación Ley de Alquileres: "ha beneficiado la oferta de locaciones en más de un 20%".
Sobre la optimización del empleo, destacó los siguientes puntos de la reforma: la desburocratización de las organizaciones sociales "que han llevado a una diferencia absurda entre empleadores y trabajadores", el fomento de nuevas unidades de contratación, el marco legal "favorable" a la generación de empleo, las regulaciones que fomenten la educación y formación "del capital humano", entre otros.
La Cámara desestimó este pedido porque el planteamiento realizado el 23 de enero fue apresurado. "La presentación luce extemporánea, en tanto la causa aún no se encuentra tramitando ante la Corte", alegó.
"La creación legislativa de derechos que no se sustentan en la realidad ha reducido significativamente el empleo formal", agrega. La Cámara desestimó esta presentación, también por extemporánea, y por falta de reconocimiento formal de las entidades mencionadas.