Media sanción para El Baqueano en Diputados
Se podrá constituir una sociedad anónima unipersonal de propósito específico que tendrá por objeto licitar construir, operar y mantener el proyecto hidroeléctrico.
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una serie de inmuebles para el emplazamiento de las obras, yacimientos de material, caminos de acceso, servicios y líneas de energía que corresponderán al embalse y central hidroeléctrica del complejo multipropósito El Baqueano.
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De acuerdo a lo señalado en la fundamentación, El Baqueano, que se encuentra aguas abajo del Aprovechamiento Hidroeléctrico Agua del Toro y aguas arriba de Los Reyunos y El Tigre, permitirá adicionar al sistema de embalses del Río Diamante un incremento de capacidad de unos 40 hm3, es decir un 15% aproximadamente.
Además, afirma el texto que su construcción "no afectará el volumen anual del derrame del Río Diamante, ni su hidrología fuera del área de influencia, en tanto no consume agua y no se modifica el curso actual del río, por estar limitado su impacto entre las presas (existentes) que lo circunscriben, sin modificar externamente parámetros hidrológicos del Río".
En tal sentido, a efectos de otorgar la titularidad de las concesiones, autorizaciones y permisos previstos, dispone que se podrá constituir una sociedad anónima unipersonal de propósito específico que tendrá por objeto licitar construir, operar y mantener el proyecto hidroeléctrico y cuyo único accionista deberá ser la Empresa Mendocina de Energía SAPEM.
Con el fin de fomentar la participación del sector privado, los pliegos licitatorios preverán que los oferentes puedan aportar financiamiento para la ejecución del proyecto, que podrá recuperar con los ingresos generados por la venta de energía eléctrica, en cuyo caso podrán cederse acciones de la sociedad de propósito específico cuya constitución se autoriza, mediante procesos de licitación.
Por otra parte, se autoriza al Ejecutivo a concesionar a la sociedad que se constituya, la ejecución de la obra pública necesaria y una vez cumplido el plazo de la concesión, tanto la obra pública como las complementarias, revertirán a la provincia sin cargo alguno.
También se lo autoriza a otorgar a la sociedad, la concesión para la generación de energía eléctrica a partir del uso del recurso hídrico del río Diamante por hasta 150 Megavatios de potencia instalada.
En la iniciativa, se contempla eximir a la sociedad del pago de la porción de las regalías hidroeléctricas no coparticipables, por 15 años, a partir de la habilitación comercial de la Central de Generación.