Fuerte desmentida del Ministerio Público Fiscal a un ránking que consideran mal elaborado
El procurador de la Corte de Mendoza, Alejandro Gullé, consideró que "de conformidad con el borrador del estudio efectuado por el Inecip, llegamos a la conclusión que la tasa básica de eficacia político-criminal, no resulta conteste con las funciones desplegadas por los Ministerios Públicos".
Una vez más, como lo hace cada año, desde el Ministerio Público Fiscal salieron a desmentir la forma en que el Inecip de Buenos Aires, un ente vinculado al kirchnerismo, evalúa el funcionamiento de las fiscalías en el país y en el que siempre las provincias en donde asesoran parecen aparecer bien parados, en detrimento del resto.
Se publicó el nuevo ránking de fiscalías resistido en Mendoza
En una extensa nota dirigida a las autoridades del Inecip, el Procurador General de la Corte de Mendoza, Alejandro Gullé, dio cuenta de las refutaciones pertinentes a su ránking, que dejaba como "ineficiente" al área que dirige.
El estudio "Eficacia de los Ministerios Públicos Fiscales en Argentina", realizado por el Inecip ubicó al Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza, ocupa el Puesto 12°, según la siguiente tabla:
Gullé, refutó el mecanismo de recolección by procesamiento de datos que hizo la entidad porteña. "En el mentado borrador, se explica que los valores con los que se realizó la tabla, son en base a la tasa básica de eficacia político-criminal, la cual se calcula de la siguiente forma: Ingresos / Salidas con incidencia político criminal. Se aclara que los ingresos están constituidos por la cantidad total de casos penales ingresados a los Ministerios Públicos durante el año 2021", indicó.
Acto seguido, afirmó que "asimismo, se detalla que las salidas con incidencia político-criminal, son las reportadas durante el 2021 "que tengan alguna capacidad -aunque sea mínima de impactar sobre el control, de la criminalidad". Gullé explicó que el informe de Inecip "agrega que tales salidas, deben imponer a una persona la realización de algún tipo de acción como consecuencia de su participación en el conflicto primario y toma en cuenta:
- Condenas
- Suspensiones de Juicio a Prueba
- Acuerdos Reparatorios (en sentido amplio, más allá de su denominación concreta en cada sistema procesal) y agrega que "más abajo, se resalta que la principal virtud de la tasa básica de eficacia político criminal, tiende a responder a la pregunta ¿qué respuestas le están dando las fiscalías a la sociedad?".
Gullé agregó en su respuesta que "conforme a la planilla de carga de datos que el Inecip remitió a este Ministerio Público Fiscal, se informó:
En cuanto a las salidas:
Indicó además que según el "cálculo realizado por el Inecip, de conformidad con los datos detallados, la tasa de eficacia político-criminal 2021 para el Ministerio Público Fiscal de Mendoza, sería la siguiente:
Al respecto, subrayó que "este cálculo arroja como resultado 4, 84 %, por lo que el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Mendoza, ocupa el lugar 12° en el 'Ránking de eficacia político-criminal 2021'".
Los números propios de Mendoza y su evaluación
Gullé indicó que "si bien los datos contenidos en el borrador del informe del Inecip son correctos teniendo en cuenta los números que se tomaron para realizar los cálculos, lo cierto es que del total de causas que ingresaron durante el año 2021, 30.811 de ellas resultaron con autores individualizados, en tanto que 118.250 resultaron ser causas sin personas individualizadas".
"En este punto, y hablando de incidencia social, es conveniente resaltar que
este Ministerio Público Fiscal se encuentra en un proceso, avanzado por otra parte,
de acercar el servicio de justicia a la población, para lo cual se ha implementado el
Sistema de Denuncias On Line, cabinas de recepción de denuncias, más el funcionamiento de oficinas fiscales en toda la provincia, medios en los cuales la ciudadanía puede efectuar denuncias de toda índole", explicó el jefe de los fiscales de Mendoza.
Al respecto, abundó:
- "Si bien esta implementación ha supuesto claros beneficios en la población (piénsese que personas que residen en zonas alejadas de los centros urbanos, pueden realizar denuncias las 24 horas del día los 365 días del año), no es menos cierto que esto ha supuesto un marcado incremento en la cantidad de causas ingresadas, sobre todo teniendo en cuenta que en la actualidad se denuncian hechos que antes no se denunciaban".
- "En el mismo sentido conviene decir, que el incremento mentado anteriormente, así como ha permitido investigar eficazmente hechos delictivos de los que de otra manera no se tendría conocimiento, también ha supuesto el ingreso de una gran cantidad de hechos que no resultan ser reprochables desde el punto de vista penal".
- "Así surge, que la ciudadanía ante el requerimiento de alguna entidad pública o privada de contar con una constancia de denuncia para realizar determinado
trámite (para obtener un DNI, o ante una compañía de seguros), radica denuncias,
lo que incrementa el número de ingresos".
- "De la misma forma, también se han detectado denuncias sobre cuestiones de implicancia del Derecho Civil, como por ejemplo cuestiones de medianería, incumplimientos contractuales; o bien con implicancia del Derecho de Familia, como trámites por regímenes de visita, alimentos, etc., que no implican vinculaciones con hechos delictivos. También se han detectado denuncias de competencia Contravencional, que vale aclarar, en nuestra legislación provincial, posee una tramitación en la que el Ministerio Público Fiscal se encuentra ajeno".
En tanto, Gullé explicó que "con respecto a estas causas ajenas al ámbito del Derecho Penal, este Ministerio Público Fiscal, deriva e informa al denunciante, según corresponda, el trámite a seguir ante el órgano competente, por lo que en tales casos, no se agota la actividad en solo desestimar o archivar la denuncia".
Salidas con incidencia político-criminal
El informe que la Procuración General de la Corte de Mendoza le envió a las autoridades de Inecip, sostiene que:
- "Sumado a lo dicho, también debe resaltarse que el estudio del Inecip no tiene en cuenta las elevaciones a juicio y audiencias de acusación, institutos que implican una contundente actividad desplegada por parte del órgano acusador en cuanto a la producción de pruebas que se arriman al proceso, y logran el grado de convicción suficiente para requerir la elevación a juicio de la causa".
- "Asimismo, conviene poner de manifiesto que los archivos de las causas, también suponen una actividad jurisdiccional, por la cual, luego de merituar las probanzas (o la falta de ellas) de una causa penal, se llega a una conclusión, que si bien no genera estado, resulta ser determinante en el proceso penal".
- "En términos del mismo Inecip, la tasa de eficacia básica resulta ser 'tosca', y luego lo expuesto, podemos decir que por lo menos, la tasa es poco cierta en términos de medir un parámetro de eficacia, sino que más bien, resulta ser un valor abstraído de la utilidad social que organismos como los Ministerios Públicos pueden aportar".
- "En efecto, pareciera ser entonces que mientras más condenas, suspensiones de juicio a prueba y acuerdos reparatorios se logren, mayor y mejor incidencia social se logra. No estamos de acuerdo con esta valoración".
- "Si bien una de las funciones
primordiales de los Ministerios Públicos resulta ser la persecución penal, no puede
ensalzarse la punición penal como único parámetro de eficacia, máxime si se tienen
en cuenta causas que versan sobre hechos que resultan carecer de entidad suficiente para ser ventilados en el ámbito del derecho penal".
- "Conforme a lo expuesto, estimamos que una valoración más real, debería tomar como base las causas en las cuales se ha logrado identificar a los supuestos autores de los hechos delictivos, porque ello implica una verdadera actividad desplegada por el Ministerio Público Fiscal, tendiente a probar tanto la existencia del hecho, como la participación del sindicado en el mismo".
En tal sentido, ofrecieron desde Mendoza una nueva forma de hacer el cálculo:
"Tomando tal base, en el caso del Ministerio Público Fiscal de Mendoza, tuvo durante el año 2021, 30.811 causas con personas individualizadas":
Este cálculo arroja como resultado 23,4 %, con lo cual, según el informe de Gullé, "la Provincia de Mendoza, ocuparía el 3° lugar en la tabla".
Efectuando el mismo cálculo respecto al resto de los Ministerios Públicos
que enviaron sus datos al Inecip, el ránking quedaría conformado de la siguiente
manera:
De tal modo, como conclusión, la Procuración mendocina señaló:
- "De conformidad con el borrador del estudio efectuado por el Inecip, llegamos a la conclusión que la tasa básica de eficacia político-criminal, no resulta conteste con las funciones desplegadas por los Ministerios Públicos. Sin profundizar en los sistemas de ingresos de denuncias que los demás Ministerios Públicos tienen en funcionamiento, lo cierto es que el Ministerio Público de la Provincia de Mendoza, posee un gran ingreso de denuncias, las cuales, en significativa cantidad, no implican actividad por parte de este organismo, con lo que se estima que el número de base, no puede ser el total de causas ingresadas".
- "Es más, los datos utilizados como base en el estudio realizado por el Inecip,
tienen más que ver con una valoración de los 'macro sistemas preventivos punitivos' de las distintas provincias, lo cual involucra, además de los Ministerios
Públicos, a las Policías Administrativas (en cuanto a la cantidad de hechos delictivos denunciados) y los Juzgados y Tribunales con competencia Penal, ya que es en
tales estrados en donde finalmente se arriban a resultados que inciden en la sociedad. Bajo ésta óptica, la actividad de los Ministerios Públicos, resulta ser un eslabón
más en la cadena de los mentados sistemas", concluyó Gullé.