Documento: este es el proyecto de ley para crear el "Rincón de los Sauces mendocino"
Esta semana, el gobernador envió a la Legislatura el proyecto de ley que plantea la creación del parque industrial y de servicios Pata Mora, en una inhóspita zona de Malargüe, al sur de Mendoza.
Este lunes, el gobernador de Mendoza, Rodolfo Suarez, anunció el envío a la Legislatura de un proyecto de ley para avanzar en la creación del parque industrial y de servicios Pata Mora, en Malargüe. Con esto, busca crear un polo logístico para empresas petroleras y mineras que trabajan en la zona y que hoy en día deben hacer "nido" del otro lado del río Colorado, generalmente en Rincón de los Sauces, Neuquén.
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"Enviamos a la Legislatura el proyecto de ley para crear el Parque Industrial de Pata Mora en Malargüe y así avanzar con operadoras de hidrocarburos y mineras como Potasio Río Colorado con el objetivo de desarrollar las actividades industriales en el sur de la provincia", señaló el gobernador Suarez en sus redes sociales.
Además de los considerandos, el proyecto de ley para la creación del parque industrial y de servicios Pata Mora cuenta de ocho artículos. Allí, entre otras cosas, plantea que la "base" de este polo logístico serán las 3.500 hectáreas que en su momento fueron expropiadas por ley.
Los ocho artículos del proyecto de ley:
Artículo l: Autorícese al Poder Ejecutivo a crear el Parque Industrial y de Servicios Pata Mora en el departamento de Malargüe y a realizar todas las gestiones que tiendan a su concreción, con el objeto de desarrollar las actividades industriales en el sur de la Provincia de Mendoza
Artículo 2: EI Parque Industrial y de Servicios Pata Mora se asentará en los inmuebles expropiados en virtud de las Leyes 9136 y modificatoria, 9345 y Decreto Reglamentarlo.
Artículo 3: Autorícese al Poder Ejecutivo a transferir los bienes resultantes de la expropiación realizada por Ley 9136 y modificatoria, al Fideicomiso para el Desarrollo de Malargüe y del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora suscrito con Mendoza Fiduciaria S.A. El fideicomiso podrá administrar el Parque, así como también realizar las obras de infraestructura necesarias para su desarrollo, y realizar la posterior venta, locación, cesiones o permisos de parcelas, tanto a sujetos privados como públicos. También podrá, en caso de ser necesario y previa instrucción del Fiduciante, instrumentar quitas y condonaciones razonables y motivadas.
Articulo 4: Autorízase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Energía a realizar los aportes necesarios al Fideicomiso para el desarrollo de Malargüe y del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora que permitan el desarrollo del Parque Industrial y de Servicios Pata Mora.
Artículo 5: Las operaciones que realice el Fiduciario en cumplimiento de la manda fiduciaria, así como las operaciones que realicen los terceros adquirentes de los inmuebles que forman el patrimonio fideicomitido, e incluso tales bienes, estarán exentos del pago de impuestos provinciales. A tal efecto incorpórese como inciso 13 del art 87 del Código Fiscal, el siguiente: "El fiduciario del Fideicomiso para el Desarrollo de Malargüe y del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora y los terceros que adquieran inmuebles o derechos sobre estos, en lo referente a su actuación en el parque aludido". Cuando se considere conveniente para el desarrollo del Parque, se admitirá como contraprestación por la venta de unidades, la realización de obras de infraestructura y servicios por quienes resulten adjudicatarios de unidades o por terceros que éstos pudieren subcontratar.
Artículo 6: El Ministerio de Economía y Energía será la autoridad de aplicación de esta ley.
Articulo 7: La presente ley entrará en vigor a partir de su publicación.
Artículo 8: Comuníquese al Poder Ejecutivo