La Justicia investiga en Mendoza a un barrio privado que no deja entrar a un propietario

Sucede en un country de Guaymallén en donde un conflicto entre un integrante de la comisión directiva del consorcio y un expropietario le impide a un tercero hacerse cargo de la propiedad que compró.

La Oficina Fiscal 18 de la Seccional 44 de Mendoza ya investiga la denuncia formulada por un nuevo propietario de un conocido barrio privado de Guaymallén, en el que no se le permite ocupar la propiedad de la que acreditó poseer la posesión.

El denunciante tiene prohibido ingresar al barrio y, por lo tanto, a su vivienda, por lo que formuló una denuncia penal por usurpación y se constituyó como querellante, a la vez que exige una respuesta urgente habida cuenta de que su casa podría estar siendo desvalijada o afectada por la situación de abandono a la que, sostiene, se le obliga a mantenerla.

El caso podría transformarse en testigo para Mendoza, además de adquirir puntos relevantes atento a la identidad de los protagonistas, que aquí no se ofrecen hasta tanto la Justicia actúe, pero que refieren a empresarios conocidos que -de acuerdo con lo sospechado por el afectado- podría haber un conflicto entre ellos del que es ajeno, pero del que resulta directamente perjudicado.

El expediente judicial acredita que ya fueron citados algunos de los denunciados el pasado 7 de enero a comparecer, pero el afectado solicita su imputación y procesamiento.

La historia comenzó con la compra de la vivienda, incluyendo el mobiliario, directamente a un propietario. Sin embargo, éste mantendría una deuda personal con un miembro de la comisión directiva del consorcio habitacional, por lo que es esta persona la que trabaría toda posibilidad de acceso y no solo de ocupación de la vivienda. De hecho, de acuerdo con la denuncia en trámite, hasta se habría permitido el ingreso de la esposa del anterior propietario a la casa que ya estaba vendida, con fines que se desconocen.

Los denunciantes sospechan que se podría estar arrogando desde la entidad que administra el barrio una atribución que sólo puede ejercer el Estado, como es determinar si es propietario o no, y que se podría estar abusando de la posición del integrante de la comisión directiva para impedir el ejercicio de su derecho a entrar a su casa y vivir en ella.

Esta última situación es la que parece concentrar a los investigadores, ya que el denunciante sostuvo en su escrito que "a la fecha, no he podido constatar faltantes del domicilio, ni los daños que se pueden haber ocasionado a la propiedad, dado que -como he reiterado- no se admite mi ingreso, y he logrado conocer mi situación gracias al aviso de vecinos, a quien desde ya me reservo el derecho de ofrecer como testigos oportunamente".

El denunciante sostuvo en su presentación que podría ampliar la denuncia no solo contra la persona que le manifestó su impedimento a ocupar la propiedad, sino contra la comisión directiva y los empleados que ejecutan su orden y lo estarían apañando por amistad o relación personal o comercial.

La Justicia tiene en su poder el boleto de compraventa de fecha 18 de noviembre de 2021, la cesión de posesión contractual del 13 de noviembre, el acta notarial de entrega de posesión del 27 de septiembre de 2021, una ratificación del anterior propietario, cinco cartas documento no respondidas, la lista de propietarios del barrio privado, las constancias del respectivo pago de expensas e impuestos por parte del nuevo propietario y un acta notarial en donde consta que le fue prohibido ingresar el 8 de octubre de 2021.

La situación es asunto de análisis entre juristas, pero además, es el principal tema en discusión en el propio country, ya que cualquier otro vecino podría verse afectado por una decisión similar en caso de que la Justicia no interponga los límites y jurisdicciones, y delegue la interpretación de la legislación a un consorcio privado.

De allí que en Tribunales la modorra habitual de enero se vea trastocada con un caso que ya concita la atención y del que hay tela para cortar.

Esta nota habla de:
San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima
Legislatura

San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima

La ley prohíbe el uso de cualquier técnica, actividad, mecanismos, sistemas y tecnología destinada a alterar o modificar artificialmente de forma directa e intencional la fase atmosférica del ciclo hidrológico en las etapas de condensación o precipitación, sumado a provocar cambio artificial del clima, sobre el territorio sanluiseño.

Observatorio económico