Chile comenzó la apertura: mirá el detalle de los requisitos para ingresar
Este miércoles se habilitaron tres complejos fronterizos terrestres que unen el vecino país con la Argentina por el sur. El 4 de enero tiene fecha Cristo Redentor. Qué dice el decreto sobre los requisitos sanitarios para ingresar al vecino país para hacer turismo.
Este miércoles se inició el proceso de apertura de fronteras terrestres por parte del gobierno chileno y se habilitaron tres complejos fronterizos que unen el vecino país con la Argentina en la zona sur. Se trata de la primera parte de la normalización del tránsito terrestre entre ambos países que tendrá su próxima etapa el 4 de enero, cuando se habilite -entre otros- el Sistema Integrado Cristo Redentor.
Desde ese día se espera que comience la esperada reactivación del turismo receptivo, ya que los chilenos no tendrán restricciones para salir y entrar al vecino país por la vía terrestre, lo mismo que los turistas mendocinos que piensan en cruzar la cordillera.
En el Diario Oficial de Chile (Boletín Oficial) se publicó el decreto 308, el cual establece en su artículo único que dice "incorpórase un numeral 3 en el artículo primero del decreto supremo Nº 295, de 2021, de esta Cartera de Estado, del siguiente tenor: "3. Pasos fronterizos terrestres de Futaleufú en la Región de Los Lagos; de Huemules y Jeinimeni en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo; y, de Integración Austral, en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena".
Traducido, lo que dice el decreto es que se le hace una modificación al decreto 295, el cual establece los requisitos que se necesitan para salir y entrar a Chile, tanto para los chilenos como para los turistas. En concreto, suma a estos complejos al permiso para que ingresen extranjeros.
El 4 de enero debería ocurrir lo mismo, modificarse el decreto para habilitar el Complejo Los Libertadores, pero bajo los mismo parámetros que tienen los aeropuertos y que -por ejemplo- permiten que la cuarentena de ingreso se reduzca al tiempo que demore el resultado de un PCR realizado en el punto de ingreso al vecino país.
Hasta ahora, los chilenos y residentes que sí tienen permitido el ingreso por tierra, no pueden optar a ese cambio y están obligados a hacer una cuarentena de cinco días, lo que debería cambiar desde el 4 de enero si se cumple lo que dice el decreto vigente.
El decreto 295 que es el que está regulando el ingreso a Chile por los pasos terrestres considera en su cuestión sanitaria los siguientes requisitos:
-PCR Negativo tomada en el país de origen con 72 horas (desde los 2 años de edad. Los menores de 2 años quedan exceptuados de este requisito).
-Declaración jurada desde el sitio web c19.cl
-Seguro médico desde los 30 mil dólares para cubrir enfermedades asociadas a covid-19.
-Validación de vacuna aprobada por el Ministerio de Salud (disponible aquí)
Quienes tienen esquema de vacunación completo validado por el Ministerio de Salud:
-Al ingreso al país se le realizará un examen para detección de coronavirus (PCR).
-Deberá cumplir cuarentena en un domicilio reportado en la Declaración Jurada, hasta que reciba el resultado negativo del examen.
Una vez que el Ministerio de Salud reciba por parte del laboratorio el resultado negativo del examen, se procederá a habilitar el pase de movilidad.
Quienes tienen menos de 6 años, que no han podido acceder a la vacunación:
-Niños/as entre 2 y 6 años que hacen ingreso con su padre, madre o tutor legal que si cuentan con un esquema de vacunación completo validado, al ingreso al país se les realizará un examen para detección de coronavirus (PCR).
-Hasta que reciba el resultado negativo de este examen, deberá cumplir cuarentena en un domicilio reportado en la Declaración Jurada.
-Menores de dos años que hacen ingreso al país con su padre, madre o tutor legal que sí cuentan con un esquema de vacunación completo validado no tienen necesidad de tomarse PCR al ingreso.
Requisitos del traslado
-Deberán llegar al domicilio declarado en transporte privado y de forma directa desde el ingreso al país sin posibilidad de pernoctar ni de interactuar con otras personas.
Seguimiento de Viajeros
Autreporte: toda persona que ingrese deberá completar durante 10 días un formulario de auto reporte de síntomas, donde deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación.
Testeo: el viajero podrá ser sometido a uno o varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.
Fiscalización: Los viajeros que estén cumpliendo cuarentena serán fiscalizados presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de ésta, en cualquier día y hora mientras dura la cuarentena.