Un diputado pide el uso obligatorio de detectores de monóxido de carbono en viviendas

Es un proyecto del diputado mendocino Bruno Ceschín. Plantea que no se le otorgue el certificado de Final de Obra sin la vivienda no tiene instalado el detector.

El diputado del Frente de Todos Bruno Ceschín presentó un proyecto para que sea obligatorio la instalación de detectores de monóxido de carbono en las viviendas de Mendoza. Según plantea el legislador, no se otorgará el certifica de Final de Obras a quienes no tengan colocado estos aparatos.

El proyecto del diputado mendocino se encuentra bajo análisis de la Comisión de Obras Públicas, Urbanismo y Vivienda, que preside Edgardo González, también peronista. Al no ser una iniciativa del Poder Ejecutivo, sólo podrá votarse en sesiones ordinarias, etapa que comienza el 1 de mayo.

Ceschín propone la instalación de dispositivos "debidamente homologados de detección y medida de monóxido de carbono y gas, que dispongan alarma acústica y luminosa, en cada ambiente que cuente con bocas de conexión de red de gas natural, envasado o cualquier otro sistema de calefacción, que emita esas gases de toda vivienda unifamiliar o colectiva de uso residencial".

Bruno Ceschín.

Bruno Ceschín.

En el proyecto se entiende por vivienda unifamiliar a casas, dúplex y departamentos habitados por un grupo de personas con o sin lazos familiares, una pareja o una sola persona, insertas en conjuntos habitacionales de iniciativa pública, privada o de asociación público-privada.

Mientras que se entiende por vivienda colectiva a edificios o conjunto de edificios que alojan varias viviendas para varias familias o individuos y que conforman conjuntos habitacionales de iniciativa pública, privada o de asociación público-privada.

Los artefactos de detección y medida de monóxido de carbono y gas, serán mantenidos y revisados de acuerdo con las especificaciones del fabricante, y según el protocolo que reglamente al respecto el Poder Ejecutivo, con la finalidad de garantizar la capacidad de detección. 

Cualquiera sea su fuente de alimentación, deben estar provistos de alarma o aviso acústico y luminoso, que se active si la concentración de monóxido de carbono excede, como máximo, de 50 p.p.m (medida de concentración de CO).

La norma plantea que las construcciones sólo recibirán Certificado de Final de Obra y Certificado de Habitabilidad, si cada unidad cumple con la instalación de este detector.

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