Senadores modificó el régimen de licencias de invierno para el personal policial de Mendoza
La propuesta fue impulsada por la senadora radical Natacha Eisenchlas y ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados.
El Senado de Mendoza trató una propuesta impulsada por la legisladora Natacha Eisenchlas en la que pide que se incorpore como artículo 216 bis de la Ley N° 6722, que a todo el personal policial, se le otorgue una licencia especial de invierno a por 7 días corridos, los que serán comprendidos entre el 29 de Junio y el 4 de Octubre de cada año.
Durante su tratamiento en el recinto, la autora de la propuesta explicó que el proyecto contempla que el permiso no será acumulable a otro tipo de licencias. Quedará además exceptuado del goce de esta licencia, todo aquel efectivo que entre el 1° de Octubre del año anterior y el 28 de Junio del año en curso haya revistado en disponibilidad, por enfermedad ajena al servicio, en Disponibilidad a la espera de destino, o en situación de revista pasiva.
Al someterse a consideración, fue aprobado por 32 votos afirmativos y una abstención del Frente de Izquierda. Fue remitido a la Cámara de Diputados.
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El Ministro de Seguridad será quien otorgue este permiso y los titulares de cada dependencia los encargados del ordenamiento de la misma, a partir de un día lunes hasta el domingo siguiente, realizando las previsiones necesarias para que su usufructo no altere el normal funcionamiento del servicio.
Otro de los puntos que enuncia el proyecto es que se le dará prioridad para el otorgamiento de esta licencia en coincidencia con las vacaciones escolares de invierno cuando se trata de personal que tenga hijos o hijas en esta condición, como también prever que a los cónyuges o convivientes se les otorgue este beneficio en forma simultánea, siempre que no se resienta el normal funcionamiento del servicio.
Perderá el derecho a la licencia especial de invierno el personal que durante el periodo indicado en el artículo 216 ter, haya acumulado 5 días o más de suspensión.
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Ante casos de emergencia o convocatoria general, cuando se encuentre el personal en uso del beneficio que establece la dicha propuesta, regirá la inmediata obligatoriedad de presentarse al servicio en su dependencia, sin que medie citación alguna.