Prorrogan la concesión de los Nihuiles por 6 meses más

Mediante una resolución de la Secretaría de Energía, se decidió prorrogar por un año la concesión de uso hidroeléctrico de las aguas del Río Atuel hasta junio del 2025

Hernán Bitar

Luego del vencimiento de la concesión el pasado mes de junio de 2024, la Secretaría de Energía prorrogó la concesión por 6 meses. Vencido este plazo, decidió prorrogarlo hasta junio del 2025.

Según se publicó este martes en el Boletín Oficial, HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. obtuvo la prórroga en la concesión de uso hidroeléctrico de las aguas del Río Atuel hasta junio del próximo año.

La concesión de la represa había sido otorgada en 1994 y venció, luego de 30 años, el pasado 1 de junio de 2024, se había prorrogado el contrato de concesión por 6 meses más a la empresa HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A.

Entre los fundamentos de la nueva prórroga, se explica que se decidió ampliar el plazo por hasta 12 meses, con el fin de no interrumpir ni afectar el despacho de energía del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) y que la concesionaria continúe operando el sistema tras el vencimiento de los citados contratos.

Lee la Resolución 383/2024

RESOL-2024-383-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/11/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-53578994-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 15.336, 24.065 y la Resolución Nº 83 de fecha 31 de mayo de 2024, modificada por la Resolución N° 98 de fecha 10 de junio de 2024, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la energía hidroeléctrica es una fuente renovable, segura y limpia que diversifica y otorga confiabilidad al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

Que, desde la década de 1960, la REPÚBLICA ARGENTINA ha desarrollado significativamente su capacidad hidroeléctrica a través de empresas estatales como AGUA Y ENERGÍA ELÉCTRICA S.E. (AYEE S.E.) e HIDROELÉCTRICA NORPATAGÓNICA SOCIEDAD ANÓNIMA (HIDRONOR S.A.), responsables de grandes proyectos hidroeléctricos y complejos binacionales.

Que, en la década de 1990, la Ley N° 24.065 promovió la privatización y la división vertical de la industria eléctrica, afectando a empresas clave como Servicios Eléctricos del Gran Buenos Aires Sociedad Anónima (SEGBA), AYEE S.E. e HIDRONOR S.A.

Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley N° 15.336, modificado por la Ley N° 24.065 en su Artículo 89, el PODER EJECUTIVO NACIONAL otorgará las concesiones y ejercerá las funciones de policía y demás atribuciones inherentes al poder jurisdiccional.

Que en relación a la Terminación de la Concesión de HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A., el ESTADO NACIONAL y la Provincia de MENDOZA firmaron actas de transferencia en los años 1992 y 1993, las que fueron ratificadas posteriormente, por el ESTADO NACIONAL mediante el Decreto N° 2.259 de fecha 27 de octubre de 1993 y mediante la Ley Nº 6087 de la Legislatura de la Provincia de MENDOZA de fecha 11 de noviembre de 1993, convirtiendo a dicha provincia en titular de los bienes de uso y de los bienes propios del Sistema Los Nihuiles, que luego se aportaron a HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A.

Que la citada empresa recibió concesiones provinciales y nacionales para el uso del recurso hídrico y la generación de energía eléctrica, vigentes desde mayo de 1994, habiendo finalizando el 1º de junio de 2024, momento en que los referidos bienes revirtieron automáticamente a la provincia, sin intervención del ESTADO NACIONAL.

Que en el marco de la finalización de los contratos de concesión se dictaron normas en el orden nacional y provincial a efectos de realizar un traspaso ordenado de los bienes, como de la operación y mantenimiento de las centrales a los nuevos responsables, garantizando que la culminación de los Contratos de Concesión vigentes no afecte el despacho de energía del Sistema Argentino de Interconexión (SADI), y que la concesionaria continúe operando el sistema tras el vencimiento de los citados contratos.

Que, en orden a lo expuesto, el Gobierno de la Provincia de MENDOZA ha dictado el Decreto N° 1.021 de fecha 27 de mayo de 2024, mediante el cual fijó el Período de Transición a que se refiere el Artículo 58 del Contrato de Concesión con HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. de uso hidroeléctrico de las aguas del Río Atuel y de otros bienes del dominio de la Provincia de MENDOZA de fecha 31 de mayo de 1994, en DOCE (12) meses, contados a partir del vencimiento del plazo de la concesión, es decir, desde el 1° de junio de 2024.

Que, en el orden nacional, mediante la Resolución N° 83 de fecha 31 de mayo de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se estableció el período de transición por el término de DOCE (12) meses desde el vencimiento de la Concesión con HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. del denominado Sistema Los Nihuiles. Asimismo, por el Artículo 2° de la referida resolución, se estableció como veedor a ENERGÍA ARGENTINA S.A. (ENARSA).

Que, la citada resolución fue modificada por la Resolución N° 98 de fecha 10 de junio de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la cual se estableció que el período de transición previsto en el Artículo 57.1 del Contrato de Concesión con HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A., iniciaría a partir del 1° de junio de 2024 por el plazo de SEIS (6) meses, prorrogables por igual periodo, debiendo la concesionaria continuar a cargo del Complejo Hidroeléctrico correspondiente y cumplir con todas las obligaciones derivadas del Contrato de Concesión durante el mismo, operando el nuevo vencimiento del período de transición el 1º de diciembre de 2024.

Que, por el Artículo 2° de la Resolución Nº 98/24 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA se dejó sin efecto la designación de ENARSA como veedor de la Concesión.

Que, asimismo, por el Artículo 3° de la referida resolución, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría, para dictar las normas modificatorias, complementarias o aclaratorias que sean necesarias para la instrumentación de la citada resolución, asegurando así la adecuada implementación y cumplimiento de las disposiciones establecidas en la misma.

Que mediante la Nota HINISA LegR 32/24 de fecha 7 de noviembre de 2024 (IF-2024-124974068-APN-SE#MEC) HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. se dirigió a esta Secretaría respecto a la próxima finalización del período de transición dispuesto por la Resolución N° 98/24 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, indicando, a su vez, que dicho plazo no coincidía con el fijado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de MENDOZA conforme lo establecido en el Decreto Nº 1.021/2024, el cual estableció el plazo de DOCE (12) meses contados desde el vencimiento de la Concesión.

Que conforme lo expuesto y atento a la proximidad del vencimiento del plazo previsto en la Resolución Nº 98/24 de esta Secretaría, se considera necesario prorrogar el período de transición por el termino de SEIS (6) meses, es decir, hasta el 1º de junio de 2025.

Que la Dirección Nacional de Generación Eléctrica de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia mediante el Informe Técnico Nº IF-2024-128415812-APN-DNGE#MEC.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen de lo dispuesto por las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y el Artículo 57 del Contrato de Concesión de la Central Hidroeléctrica denominada LOS NIHUILES.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de SEIS (6) meses, desde su vencimiento, el plazo establecido en el Artículo 1° de la Resolución N° 98 de fecha 10 de junio de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA en el marco de lo previsto en el Artículo 57.1 del Contrato de Concesión con HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. del denominado Sistema Los Nihuiles.

A los efectos de preservar la seguridad de las personas y los bienes ubicados en la Cuenca, la concesionaria deberá continuar a cargo del Complejo Hidroeléctrico correspondiente y cumplir con todas sus obligaciones derivadas del Contrato de Concesión durante el referido período.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA a dictar las normas modificatorias, complementarias o aclaratorias que sean necesarias para la instrumentación de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a HIDROELÉCTRICA LOS NIHUILES S.A. y a la Provincia de MENDOZA.

ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 03/12/2024 N° 86214/24 v. 03/12/2024

Esta nota habla de: