Fernández promulgó la Ley de Alcohol Cero: ¿qué pasará en Mendoza?

Luego de la aprobación de los cambios a la ley nacional de Tránsito, donde incluyeron la tolerancia cero al consumo de alcohol al volante, este miércoles se publicó en el Boletín Oficial.

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Ley de Alcohol Cero que se aprobó recientemente en el Congreso y que modifica la ley nacional de Tránsito.

Un exintendente radical fue ratificado en el directorio de OSEP

"Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre", dice la nueva redacción del artículo 48 de la ley 24.449.

De esta manera, promulgación mediante, ya están vigentes los cambios aprobados en el Congreso y, por ende, rige la nueva normativa de tolerancia cero de alcohol en sangre para conducir vehículos.

Sin embargo, desde Mendoza ya anticiparon que no se adherirá a esta normativa nacional y dieron argumentos sobre por qué seguiría rigiendo el límite de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre.

El argumento es que el tránsito es una facultad de las provincias "que no está delegada". Y, desde el Gobierno de Rodolfo Suarez, incluso sostuvieron que la nueva regulación ni siquiera se aplicará en rutas nacionales de Mendoza.

La promulgación:

Decreto 254/2023

DCTO-2023-254-APN-PTE - Promúlgase la Ley Nº 27.714.

Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2023

En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.714 (IF-2023-42010085-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 13 de abril de 2023.

Dese para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al MINISTERIO DE TRANSPORTE. Cumplido, archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Diego Alberto Giuliano

e. 03/05/2023 N° 30760/23 v. 03/05/2023

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