La justicia le dio la razón a la DGE y el SUTE no podrá hacer asambleas en horario de clases
La Sexta Cámara del Trabajo rechazó el amparo del sindicato que reclamaba como un atropello a la libertad sindical la regulación de la DGE sobre las asambleas dentro de las escuelas.
La Sexta Cámara del Trabajo de Mendoza rechazó una acción de amparo sindical presentada por el Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (SUTE) contra la Dirección General de Escuelas, en relación a las restricciones que la DGE impuso para que las asambleas sindicales en las escuelas no se hicieran durante el horario de clases.
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En su fallo, los jueces destacaron que conceder la facultad de disponer libremente y sin participación alguna de la DGE de los lugares escolares para la realización de las asambleas sindicales, implicaría un grave atropello hacia los niños y toda la actividad escolar. Además, reconocieron que es la DGE la garante de la enseñanza escolar y responsable constitucionalmente de todo el sistema educativo.
La sentencia destaca que los establecimientos escolares son de propiedad exclusiva de la Dirección General de Escuelas y tienen por finalidad la prestación del servicio educativo público. Además, es deber de la DGE asegurar que todos los niños de la provincia gocen libremente de su derecho a aprender.
La reglamentación cuestionada busca prevenir que se entorpezca o interrumpa el dictado de clases para la realización de las asambleas sindicales, sin por lo menos preavisar el horario de dichas reuniones.
El Tribunal ha manifestado que debe tenerse en cuenta siempre y en forma prioritaria el interés superior del niño, y todas las decisiones que se tomen en relación a un niño, niña o adolescente deben ir orientadas a su bienestar y pleno ejercicio de derechos. Los jueces reconocieron que cualquier medida que ponga en riesgo a los niños es inaceptable y debe ser rechazada.
El SUTE ha expresado su desacuerdo con la sentencia y anunció que apelará la decisión. El sindicato argumentó que la sentencia es un ataque a la libertad sindical y a los derechos de los trabajadores de la educación. Sin embargo, los jueces dejaron claro que se ha priorizado el interés superior del niño por encima del interés del sindicato.