Es ley la regulación de los servicios de seguridad privada
La iniciativa establece que toda prestación de servicios y actividad de seguridad privada humana, interna y tecnológica en Mendoza deberá regirse bajo esta nueva normativa.
Durante la sesión de hoy, el Senado de Mendoza aprobó por mayoría de votos el proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo que regula la actividad de seguridad y vigilancia privada en la provincia. La iniciativa, que ahora será remitida en revisión al Poder Ejecutivo, establece que toda prestación de servicios y actividad de seguridad privada humana, interna y tecnológica en Mendoza deberá regirse bajo esta nueva normativa.
A su vez, afirma que las disposiciones establecidas en la letra legal aprobada, "serán de aplicación obligatoria para todas las empresas y organizaciones prestadores de servicios de seguridad privada, incluyendo aquellas que operen como prestadoras locales de sucursales o filiales de agencias habilitadas en otras jurisdicciones. Todo esto con el fin de garantizar la uniformidad en los estándares de seguridad y la protección de los derechos de las personas".
El senador Walther Marcolini, presidente de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, fue el miembro informante del proyecto. Durante su intervención, argumentó que la modificación de la Ley 6.441 es esencial para adecuarse a la realidad actual, ya que desde su sanción en 1997 el sector ha crecido exponencialmente, con 175 empresas y más de 10.000 vigiladores registrados en Mendoza.
Subrayó además que la normativa vigente no contempla la seguridad privada tecnológica, un área que hoy resulta clave. La nueva ley no solo regula la seguridad humana, interna y tecnológica, sino que también promueve la profesionalización del sector, estableciendo la educación secundaria obligatoria para los vigiladores y fijando estándares para las empresas. Además, busca combatir la clandestinidad en la prestación de estos servicios y mejorar la coordinación con el sistema de seguridad pública.
Otra de las voces que se escucharon en la sesión, fue la del senador Valentín González de la Unión Mendocina, quien adelantó que desde su espacio presentaron un despacho en minoría, que es lo que acompañarían.
Asimismo, manifestaron su posición el senador Dugar Chappel del Partido Verde, Gustavo Soto del bloque oficialista, Pedro Serra del Partido Justicialista; Germán Vicchi de la Unión Mendocina; y Mauricio Sat del PJ. La senadora Natacha Eisenchlas resaltó que esta propuesta apunta a la profesionalización de la actividad.
Contexto y objetivos del proyecto
El crecimiento sostenido de la actividad de seguridad privada, impulsado por cambios sociales, avances tecnológicos y nuevos paradigmas, fue uno de los principales fundamentos del proyecto. Sin embargo, como subraya el texto, esta expansión no ha sido acompañada de un adecuado control y supervisión. La nueva legislación busca llenar ese vacío normativo, proporcionando un marco legal acorde con las necesidades actuales.
Según el texto del proyecto, "la seguridad es una necesidad básica y un servicio esencial para la comunidad", y esta ley propone una mirada integral que abarca tanto la seguridad pública como privada, incluyendo los recursos humanos y tecnológicos necesarios para su correcta implementación.
Uno de los pilares de la normativa es la creación del "Registro Provincial de Prestadores de Seguridad Privada Humana, Interna y Tecnológica", que estará bajo la órbita del Ministerio de Seguridad y Justicia. Este registro tendrá a su cargo la autorización, habilitación y fiscalización de las empresas del sector. Asimismo, coordinará inspecciones conjuntas con organismos como la AFIP, ATM, municipalidades y otros entes, para garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes.
Además, la normativa prevé la creación de protocolos y guías para el uso de servicios de seguridad privada, así como la capacitación obligatoria del personal.
El proyecto establece tres grandes categorías dentro de los servicios de seguridad privada: humana, interna y tecnológica. La primera abarca la vigilancia privada, custodia de personas y mercaderías, seguridad en eventos y locales nocturnos, entre otros. La seguridad privada interna regula los servicios prestados por personal contratado directamente por empresas o particulares, mientras que la seguridad tecnológica incluye la instalación y mantenimiento de alarmas y sistemas de videovigilancia.
Uno de los aspectos clave de la nueva ley es la figura de la "responsabilidad solidaria", que establece que cualquier persona o entidad que contrate servicios de seguridad privada no habilitados será responsable solidaria por cualquier incumplimiento de la normativa.
El régimen de sanciones contempla infracciones leves, graves y gravísimas, con penas que van desde multas hasta la inhabilitación temporal o definitiva de las empresas prestadoras. También se considera la reincidencia como un factor agravante.
La normativa también incorpora a los prestadores de seguridad privada al sistema provincial de seguridad pública y deroga la Ley Nº 6441, que regulaba anteriormente las empresas de vigilancia privada, modernizando así el marco legal en Mendoza.
Este proyecto marca un hito en la regulación de la seguridad privada en la provincia, al establecer un marco legal actualizado que responde a las nuevas realidades del sector.