Licencias de conducir: El Senado aprobó la vigencia por 10 años para menores de 65 años

La cámara alta le dio sanción definitiva al proyecto de Diputados, en el cual se prevé la extensión del vencimiento de las licencias de conducir a 10 años, para menores de 65 años.

Hernán Bitar

La Cámara de Senadores aprobó por unanimidad el proyecto de ley que amplía los plazos de vigencia de las licencias de conducir. Los vencimientos se prorrogan a 10 años y se simplifican trámites administrativos.

La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo en conjunto con una iniciativa presentada por el diputado provincial Gustavo Cairo, se trabajó a partir de la acumulación de ambos proyectos en la Cámara de Diputados y recibió la sanción definitiva por parte del Senado.

Con la nueva normativa, el periodo de vigencia de las licencias de conducir se extiende de la siguiente manera:

-Hasta los 65 años: vigencia de 10 años

-De 66 a 75 años: vigencia de 5 años

-A partir de los 76 años: vigencia de 3 años

Quedan excluidos de esta disposición los condenados por delitos relacionados con la conducción imprudente y aquellos reincidentes en infracciones por manejar bajo los efectos del alcohol. En estos casos, la vigencia de la licencia se mantendrá en cinco años.

Cambios en los requisitos de renovación:

La ley aprobada introduce también cambios en los requisitos para la renovación de la licencia de conducir. Se estipula que:

-No debe haber transcurrido más de un año desde el vencimiento de la licencia; en caso contrario, el trámite se considerará como la obtención de una nueva licencia.

-Los conductores mayores de 65 años contarán con un descuento del 50% en el arancel de renovación.

-Es obligatorio presentar un certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.

-Se debe realizar una declaración jurada indicando no haber padecido afecciones médicas que puedan afectar la capacidad para conducir.

-Todos los solicitantes deberán aprobar un examen médico psicofísico que evalúe su aptitud física, visual, auditiva y psíquica.

Además, otra modificación importante prevista en la nueva ley es que, para los mayores de 65 años, no se requerirá una nueva prueba de manejo, salvo que exista una indicación médica o que haya pasado más de un año desde el vencimiento de la licencia. 

En tanto que el personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumpla funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de renovación.

Por último, se destaca del proyecto aprobado por el Senado cambios en la estructura de organización de la seguridad vial.

La Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, que estaba bajo el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, será transferida al Ministerio de Seguridad y Justicia

Este cambio busca reducir la fragmentación de responsabilidades en el control del tránsito y facilitar la coordinación entre los distintos organismos.

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