Arrieta reveló los proyectos para liberar a los condenados por delitos de lesa humanidad

Desde su cuenta en X expuso que la abogada Laura Olea compartió documentos en los que detallaba medidas para imponer un "plazo razonable de los procesos y modificar la Ley de Ejecución Penal, el Código Penal y Procesal".

La diputada libertaria Lourdes Arrieta tiene a  la polémica como su mejor amiga por estos días, mientras en el partido de LLA miran con bronca como el prospecto elegido para armar el espacio en la provincia terminó en un "bluff". 

Ya no se calla nada, y aunque no ser "orgánica", le costará su lugar dentro del bloque de Diputados en el Congreso nacional,  Arrieta sigue mostrando la verdadera razón de la visita a los condenados por delitos de lesa humanidad, hecho mucho más importante que su propio destino político. Y que aunque en el Ejecutivo nacional y el entorno recalcan que no es su agenda, por algo los libertarios dieron lugar a esos proyectos. 

Esta vez, Arrieta mostró desde su cuenta X este domingo a la noche un proyecto de ley y un decreto reglamentario elaborados por el grupo de libertarios que la había convocado a esta visita, con el fin de beneficiar a los condenados por delitos de lesa humanidad.

Arrieta expuso en un hilo de X que la abogada Laura Olea compartió en el grupo documentos en los que detallaba medidas para imponer un "plazo razonable de los procesos y modificar la Ley de Ejecución Penal, el Código Penal y Procesal".

También el cura Ravasi envió un decreto reglamentario que permitiría incluir a las causas de lesa humanidad dentro del régimen.

"El proyecto tiene como finalidad obligar a los jueces a conceder la prisión domiciliaria manifestando que ‘los que están en cárceles irían a domicilio y muchos obtendrían la libertad'", expresó Arrieta.

En esta nueva publicación, Arrieta mostró una iniciativa que tituló como "Proyecto Plazo Razonable" que en su primer artículo propone: "Incorpórase el inciso 8 del artículo 59 del Código Penal Argentino, ley 11.179, que quedará redactado de la siguiente manera: ‘8) Transcurridos veinte años desde que el Estado haya tomado conocimiento, mediante acto procesal, de la comisión de un delito, y no se hubiere arribado en ese lapso a una sentencia judicial firme respecto del mismo'".

Entre las justificaciones, se establece que "constituye el máximo razonable de duración de un proceso por el que la garantía establecida en la doctrina de nuestros tribunales" y que, además, "supera el que hasta la fecha surge de la jurisprudencia nacional e internacional".

Por otro lado, el "Decreto Reglamentario" que Arrieta adjuntó en el último de sus hilos, "se fija en 25 años el plazo máximo de duración de un proceso penal" y se aclara que "vencido el mismo, operará la extinción por insubsistencia de la acción" penal.

"El término deberá ser contado desde la fecha de comisión del delito y su cómputo se verá interrumpido en caso que la Nación sufra la interrupción de la vida democrática mediante la ilegal deposición de las autoridades de sus tres poderes", amplía el primer apartado.

El segundo artículo del decreto proyectado aclara, en tanto, que "la garantía no operará en favor de las personas que se encuentren prófugas de la Justicia o hayan sido declaradas rebeldes en los procesos de que se trate al momento de la sanción de la presente".

Parte del extenso posteo

Parte del extenso posteo

Por otra parte, el reciente libertario Facundo Correa Llano ha convocado para este lunes para  analizar la situación actual de LLA  en Mendoza, por lo que es posible que los Arrieta también tengan malas noticias desde este frente. en cuy de agosto 



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