Persisten las retenciones y percepciones en las jurisdicciones provinciales

El análisis de Francisco Peris, director de Legales de Andersen Argentina, sobre las retenciones y percepciones en las jurisdicciones provinciales

Francisco Peris
Director de Legales de Andersen Argentina

Como todos los años, la provincia de Buenos Aires ha actualizado los importes por los cuales corresponde la actuación como agentes de retención o percepción. Para el período 2025, el monto ha sido fijado en la suma de $2.800.000.000 (dos mil ochocientos millones), calculada en base a los ingresos brutos gravados, no gravados y exentos obtenidos, a nivel país, durante el año anterior.

Recientemente, la provincia de Misiones también ha readecuado sus parámetros de ingresos a nivel país, fijándolo en la suma de $1.300.000.000 (mil trescientos millones).

Observamos que, una vez más, las jurisdicciones provinciales no han arribado a un acuerdo que simplifique y homogenice la situación de aquellos contribuyentes que son designados como responsables por la deuda ajena, en su condición de agentes de retención o percepción. En definitiva, cada provincia establece su propia reglamentación, con sus mínimos necesarios para ser considerado agente, y los específicos requisitos para solicitar el cese en la designación, o bien la exclusión del régimen.

La situación afecta a las dos caras de la misma moneda. Por un lado, quienes son designados como agentes, no solo deben adecuar sus sistemas y procesos para atender a la tarea impuesta por el Fisco (que, como fuera señalado, puede tener carácter disímil entre dos o más jurisdicciones) sino que además, muchas veces sufren reclamos fiscales, requerimientos o ejecuciones, por la omisión de haber ingresado retenciones o percepciones (que, en definitiva, se corresponde con el impuesto de otro sujeto).

Y, por otro lado, la situación afecta enormemente a quienes sufren las retenciones o percepciones, por cuanto se ha generalizado una situación de acumulación de saldos a favor, en donde aquellas superan con creces el impuesto determinado en cada período, lo que incluso se ve más afectado por la ausencia de una norma o criterio unificador en la obtención de certificados de no retención o percepción.

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