La Antioficina de la Corrupción

Los casos de corrupción que llegan a juicio son pocos, ya que la mayoría se cae por falta de mérito, sobreseimiento, archivo o prescripción durante la investigación. Sólo dos de cada 100 investigados por corrupción tuvieron una sentencia condenatoria.

Periodista y escritor, autor de una docena de libros de ensayo y literatura. En Twitter: @ConteGabriel

La Oficina Anticorrupción se volvió un oxímoron: todo lo contrario al rol para el que fue constituida o, en todo caso, inocua, al punto de que podría no existir y no pasaría nada. O sí: habría menos personal del Estado embarrando y manoseando causas judiciales. Creada por el gobierno de Fernando de la Rúa para marcarles un camino dentro de la ley a los funcionarios, ahora resulta una estructura que oficia como apéndice del Poder Ejecutivo para su protección. No es nuevo este rol. Pasó ahora que eliminaron su rol como acusadora ante casos denunciados en la Justicia. Pero durante el macrismo tuvo al frente a una funcionaria "enamorada" del Presidente, como lo afirmó una y mil veces, y que hasta podría haber dado curso a denuncias anónimas de dudoso sustento contra empresarios enemigos de empresarios amigos.

La excusa del nuevo delegado del Poder Ejecutivo en esta área, Félix Crous, fue la "falta de personal" y "limitaciones presupuestarias" para mantener las querellas. "Un análisis preliminar de la situación ha permitido comprobar que los recursos profesionales de esta oficina han sido asignados de un modo tal que la Dirección Nacional de Litigio Estratégico ha recibido un tratamiento privilegiado en desmedro de su par de investigaciones; y más aún de la destinada a la prevención de la corrupción y la promoción de la integridad y la transparencia", según el texto la resolución.

En el año 1997, el Decreto Nº 152, dictado por el Poder Ejecutivo bajo el mandato del entonces Presidente Carlos Menem, le dio nacimiento dentro del ámbito de la Presidencia de la Nación, a la Oficina Nacional de Ética Pública. Dicha oficina tendría como principal objetivo organizar una acción sistemática y eficaz para prevenir la corrupción en el ámbito del Sector Público Nacional. Dentro de ese marco, una de sus principales funciones era crear el Reglamento de Ética Pública. Dos años después el Congreso sancionó la Ley Nº 25188 de Ética en la Función Pública, en noviembre de 1999, creando de forma conjunta la Comisión Nacional de Ética Pública como organismo encargado de velar por el cumplimiento de dicha ley, en el ámbito del Poder Legislativo. 

En diciembre de ese año se creó la Oficina Anticorrupción mediante el artículo 13 de la Ley de Ministerios Nº 25233, posteriormente reglamentado por el Decreto Nº 102/99, dictado por el expresidente Fernando de la Rúa. Dicha normativa estableció que la O.A. debía elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción siendo la encargada de velar por la prevención e investigación de aquellas conductas comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción, establecidas en el capítulo VI, entre las cuales se encuentran: el cohecho, el tráfico de influencias, el soborno transnacional y el enriquecimiento ilícito, entre otras. Asimismo tiene competencia para impulsar las investigaciones preliminares de los agentes del sector público nacional sin que otra autoridad estatal lo disponga. 

En el año 2000 mediante el dictado de la Resolución Nº 17/00 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Oficina Anticorrupción pasó a ser Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25188. El Decreto Nº 102/99, estableció las funciones y estructura de la Oficina Anticorrupción. 

Más de 20 años después, la razón de su inacción es tan insólita como "la falta de personal". Sin embargo, si hay algo que sobra en la estructura del Estado es personal bajo sueldo. El Funcionariato es monumental en nombres, cargos y cifras y solamente una reingeniería permitiría asignarle el personal adecuado a la Oficina Anticorrupción.

De hecho, este miércoles el Boletín Oficial da cuenta de que están nombrando gente, lo cual deja como una verdadera burla a la sociedad la excusa de Crous:

- Doctor Leopoldo Horacio Giupponi (D.N.I. Nº 24.101.166) en el cargo de Coordinador de Políticas de Integridad de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0.

- Doctora Julieta Maggi Larentis (D.N.I. Nº 32.923.618) para cumplir funciones de Asesora Legal Especialista en Materia de Integridad y Transparencia en la planta permanente de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0.

- Abogada Hilda Lorena Caro (D.N.I. Nº 26.328.338) para cumplir funciones como Asesora Experta en Derecho Administrativo en la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, organismo desconcentrado de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel A - Grado 0.

Un dato de 2018 da cuenta que sólo un tercio de los funcionarios públicos llevados a juicios por corrupción fueron condenados, aunque una gran mayoría de ellos no fue a prisión porque las penas no fueron de cumplimiento efectivo. 

Los casos que llegan a juicio son pocos, ya que la mayoría se cae por falta de mérito, sobreseimiento, archivo o prescripción durante la investigación. Sólo dos de cada 100 investigados por corrupción tuvieron una sentencia condenatoria.

De tal modo que si la estructura que debe ser querellante para mejorar estos indicadores pésimos del Poder Judicial no lo hace, ya ni tiene sentido que exista, salvo que esté puesta allí para garantizar que nada cambie.

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