Código de Aguas: Las prioridades y las malas intenciones

La opinión del geólogo Eddy Lavandaio.

Eddy Lavandaio

En una nota anterior (Memo, 28/07/24) hicimos algunas referencias acerca del proyecto de "Código de Aguas" que el Departamento General de Irrigación (DGI) ha puesto a consideración del público. En esa oportunidad dijimos que Mendoza no se puede dar el lujo de cerrarle las puertas a ninguna actividad, para bien de los mendocinos y de sus familias. 

Por eso sugerimos que, aún con una escala de prioridades, se incorpore como norma la existencia de un cupo mínimo indispensable para cada actividad. Mencionamos como ejemplo un antecedente del propio DGI (Plan Agua 2020) en el que se asignaba a la industria (incluyendo a las industrias extractivas) un 2% del agua disponible. 

Para justificar la sugerencia pusimos énfasis en señalar con datos fehacientes que en la provincia se conceden derechos de riego, pero el DGI no controla si el agua se usa o no se usa, permitiendo, con esa modalidad que sea muy fácil acumular "derechos de riego", aunque no usen el agua, y de esa forma bloquear la posibilidad de acceder a una concesión por parte de una actividad no prioritaria, como, por ejemplo, la industria. Hoy queremos ocuparnos de las prioridades establecidas en el artículo 68ª del proyecto que, a nuestro juicio, no son las mismas que existían en las leyes preexistentes. Están ordenadas en diez lugares, desde la primera prioridad hasta la última. 

Es muy llamativo que en un escenario en el que el Poder Ejecutivo hace convenios y promueve la exploración de la "Formación Vaca Muerta" y sale al exterior para atraer inversores a la minería local, en las prioridades del DGI, la minería y los hidrocarburos son "el último orejón del tarro", la última prioridad. Nada más que para poner un ejemplo de lo extraño que esto se percibe, el proyecto propone que el llenado de piletas y el riego de jardines sea considerado como de mayor prioridad (8º lugar en la escala) que la minería y los hidrocarburos. 

A esa paupérrima calificación se agrega un detalle, una incongruencia, que por ser demasiado evidente, no puede atribuirse a una supuesta ignorancia de los autores del texto. 

En la citada escala de prioridades, la industria ocupa el cuarto lugar. Aunque esto parezca demasiado elemental es necesario que se conozca qué es y cómo funciona la minería. Como mínimo tenemos que explicar que la minería moderna opera generalmente con dos unidades ubicadas en un mismo predio o en predios cercanos. 

La primera unidad es la que extrae los minerales y la segunda es una planta industrial que transforma esos minerales en materias primas útiles a la sociedad. 

Para citar un ejemplo bien conocido por todos los mendocinos, en el Cerro de la Cal opera una empresa que mediante minería a cielo abierto extrae calizas y arcillas, y muy cerca tiene el establecimiento industrial que, con los minerales extraídos, elabora cemento. Esto significa que, en un mismo predio, de una misma empresa, se podría conceder agua para la industria (4º lugar de la escala) pero se podría dejar sin agua a la operación minera (10º lugar en la escala). Y si no funcionara la extracción de minerales no habría con que alimentar la planta industrial. 

Parece algo perverso ¿no? 

De la misma manera, si se impidiera la extracción de hidrocarburos por no tener posibilidades de acceder al uso de agua, no podría funcionar la destilería que es la planta industrial que los procesa. Nuestra sospecha sobre cierta perversidad, cercana a un acto concreto de discriminación, se completa con el texto del artículo 85º del proyecto que dispone la posibilidad de no otorgar agua para uso minero, aún existiendo disponibilidad, si no se cumplen con ciertos requisitos que son únicos y exclusivos para esa actividad. 

Nuevamente se pone en evidencia que, mientras el Poder Ejecutivo lleva a cabo acciones concretas para promover las industrias extractivas, el DGI parece decidido a agregarle dificultades a esas buenas intenciones.

EL AUTOR. Eddy Lavandaio. Geólogo, Matrícula COPIG 2774A. Miembro de la Asociación Geológica de Mendoza.

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