Ante el "billetera mata galán", ¿que las provincias coparticipen a la Nación?
Un artículo del especialista en Derecho Tributario Federico Vinassa abunda en términos jurídicos sobre le plateo realizado por Alfredo Cornejo, acompañado por Gabriel Fidel y puesto en el tapete por José Bordón en Memo esta semana: cambiar el régimen impositivo. La "billetera" del Estado nacional que "mata galán", las provincias que hacen los deberes.
La decisión del Poder Ejecutivo Nacional de intervenir fuertemente en el normal desarrollo del proceso de Portezuelo del Viento, generó en la provincia reacciones de diversa índole pero de un mismo tenor, sobresaliendo entre ellas la del diputado nacional Alfredo Cornejo, quien sugirió una idea cuanto menos polémica: la separación de la provincia del resto del país.
Sin embargo, con independencia del juicio de valor que merezca la propuesta inicial en términos de viabilidad constitucional, la misma pone en evidencia un asunto fundamental, vinculado tanto a la relación de poder entre Nación y provincias, como al manejo de los recursos financieros entre ellas, aspectos que fueran retomados y precisados por el exgobernador y luego por el exministro de Economía de la provincia Gabriel Fidel, al plantear entre otras cosas, la necesidad de re-construir el sistema impositivo nacional e invertirlo, de modo tal que sean las provincias quienes recauden impuestos y los coparticipen a la Nación, y no viceversa como en la actualidad, lo que traería aparejado ciertos beneficios, según los ex funcionarios. Pues bien, ¿qué tan razonable resulta esta idea?
El asunto es de la mayor trascendencia e importancia en cualquier momento histórico pero, sobre todo, en el actual, ya que existen razones tanto de eficiencia económica como de equidad entre jurisdicciones, que ameritarían el ejercicio de revisar el "sistema económico y rentístico de la Confederación Argentina" (según lo definiera Juan Bautista Alberdi) y que sufriera distintas mutaciones a lo largo del tiempo.
En las actuales circunstancias, el eventual diseño y configuración jurídica de un esquema financiero justo y racional que regule la relación entre la Nación y las provincias (y también, por cierto, los municipios) no puede prescindir del texto constitucional vigente y, sobre todo, no tiene la necesidad de hacerlo, toda vez que la Constitución Nacional: (i) sigue conteniendo en su articulado el imperativo de sancionar una nueva ley de coparticipación federal, sistemáticamente incumplido por la clase política desde hace aproximadamente veintiséis años; (ii) sigue reconociendo la potestad originaria de las provincias para la legislación y recaudación de los impuestos directos (más allá de las facultades "excepcionales" de la Nación), y (ii) aspira por su filosofía y distribución de competencias, a la construcción de un "federalismo de concertación" que exige, ineludiblemente, la articulación de consensos.
La idea por lo tanto en lo formal no aparece como descabellada sino, antes bien, ajustada a los requerimientos constitucionales y, en tal sentido, el problema en todo caso es de carácter político.
Respecto de lo económico financiero, tradicionalmente se puso énfasis en la competencia y virtudes superiores de la Nación por sobre las provincias para recaudar tributos y, de allí, surgió la tolerancia de éstas respecto de los avances de la Nación. Esta concepción bien podría, hoy en día, ponerse en duda. Los avances tecnológicos de los últimos años, la diferente configuración jurídica de las administraciones tributarias subnacionales que mutaron hacia la autarquía financiera, la integración de los sistemas de información con el órgano nacional, la "materia gris" existente en las provincias a las que aludía el ex ministro, etc., autorizan a pensar si acaso estas últimas no estarían en condiciones -con un presupuesto mayor fruto de su participación en una masa de recursos también mayor- de recaudar sus propios tributos directos y, en todo caso, coparticipar a la Nación en la medida que corresponda en base a los acuerdos logrados.
Esta alternativa sería, en principio, no sólo más acorde a una conceptualización federal del país sino, sobre todo, más respetuosa del principio liminar de "responsabilidad fiscal", esto es, que cada provincia o nivel de gobierno se preocupe en mayor proporción, tanto en recaudar los recursos, como en utilizarlos eficientemente a través de una política racional de gasto público que no se encuentre en pugna con los sectores productivos.
Una orientación como la antedicha, se encontraría de todos modos con no pocos obstáculos: el diferente nivel de desarrollo económico de las provincias entre sí (que podría generar rechazos de las provincias más dependientes de los ingresos nacionales), de la calificación profesional de sus burocracias y, en todo caso, de la posibilidad latente de que todas ellas no actúen armónicamente y generen problemas de múltiple imposición y/o mayores costos administrativos para los contribuyentes que sufren el acoso de múltiples jurisdicciones provinciales y municipales.
Finalmente, la eventual disputa entre la Nación y las provincias que se sienten perjudicadas como Mendoza (no sólo por los ratios de coparticipación que hace décadas no se revisan, sino por los manejos discrecionales del Poder Ejecutivo Nacional de turno) pone el acento en el "quien" ha de manejar los fondos públicos (qué nivel de gobierno) y con qué nivel de racionalidad. Pero, de todos modos, en las actuales condiciones del país, empobrecido, endeudado y urgido más que nunca a producir y a generar riquezas, más importante aún resulta el "cómo" ha de diseñarse el régimen tributario y la política de gasto público que tenga en miras esa finalidad, sin cuya consecución seguiremos transitando la decepción. Tanto Nación como provincias deben decidir si su sistema tributario va a generar estímulos a la actividad productiva, o si por el contrario va a castigarla, y si la política de gasto va a ser racional o, como lo ha sido hasta ahora, crónicamente deficitaria.
EL AUTOR. Federico Vinassa. Socio de VSP Abogados, o Profesor Titular de Finanzas Públicas y Derecho Tributario UNCuyo.