Bullrich restringió el acceso a estadios de 6 barras de Gimnasia de Mendoza

A un grupo de hinchas se les aplico la "Restricción de Concurrencia Administrativa" a todo evento deportivo en todo el territorio nacional por tiempo indeterminado.

Una resolución firmada por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, publicada este viernes en el Boletín Oficial, restringe el acceso a estadios de barras del Club Gimnasia y Esgrima de Mendoza que participaron de los incidentes que concluyeron con la muerte de otro, semanas atrás.

La decisión, indica la norma, "se origina por las incidencias acaecidas momentos previos al inicio del encuentro futbolístico que debían disputar los equipos del Club Atlético Gimnasia y Esgrima de la ciudad de Mendoza y del Club Atlético Defensores de Belgrano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el estadio del primero, en el marco del Torneo "Primera Nacional" organizado por la AFA, el pasado día 4 de febrero".

La Nación fue informada mediante N° 13/2024 de la Dirección de Planeamiento del Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza, remitida por el jefe la repartición, Comisario Inspector PPC Alejandro H. Sandoval, se da cuenta de las circunstancias que enmarcaron el evento deportivo en cuestión.

En el relato de los hechos que toma como fundamento la resolución, se indicó que "el comienzo del encuentro estaba pautado para las 19:30 horas y alrededor de las 17:45 horas arriban a las inmediaciones del estadio varios micros trasladando simpatizantes de diferentes barriadas del Gran Mendoza, produciéndose desmanes al momento de descender de las unidades y previo al ingreso al primer anillo policial, resultando una gran riña protagonizada por los mismos simpatizantes que demanda la intervención policial apostado en el lugar".

Agregó que "el resultado de la reyerta, queda tendido en el asfalto una persona sin vida y varios individuos con diversas lesiones de variada índole, además de un numero de aprehendidos, que identificados resultan ser: HERNANDEZ, Juan Ignacio DNI 41.644.682; STAY PEREZ, Sol Micaela DNI 40.823.184; BALLE MARIN, Ramón Ricardo DNI 22.597.637; PEREYRA, Héctor Darío DNI 21.917.100; STAY, Adrián Samuel DNI 43.077.939 y STAY, Cesar Adrián DNI 26.828.120".

Cabe recordar que, como producto de las incidencias registradas, "resultó víctima fatal BALLE SAAVEDRA, Ricardo Nicolás DNI 36.591.949", recordó la norma nacional.

A estas personas se les aplicó la "Restricción de Concurrencia Administrativa" a todo evento deportivo en todo el territorio nacional por tiempo indeterminado.

Esta nota habla de:
San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima
Legislatura

San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima

La ley prohíbe el uso de cualquier técnica, actividad, mecanismos, sistemas y tecnología destinada a alterar o modificar artificialmente de forma directa e intencional la fase atmosférica del ciclo hidrológico en las etapas de condensación o precipitación, sumado a provocar cambio artificial del clima, sobre el territorio sanluiseño.

Observatorio económico