Prohíben un aceite producido en Mendoza
La medida la decidió hoy mediante Disposición 8698/2023 y está fundada en que "carece de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al indicar números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: Aceite de oliva extra virgen, marca San Marcos Cuyanos, RNE: 020-52375, RNPA: 03176054, Procedencia Mendoza, Envasado por San Marcos Cuyanos S.A., en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento"
La medida la decidió hoy mediante Disposición 8698/2023 y está fundada en que "carece de registros de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulado al indicar números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
El organismo nacional de control indicó que "dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria, que evalúe las medidas a adoptar".
"Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284", agregó la norma.
La Anmat, en la misma Disposición decidió prohibir "la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos el RNE 020-52375 y/o el RNPA 03176054, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un números de RNE y de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales".