Extienden la vigencia del Fondo Nacional del Turismo hasta el 2027
De este modo, se mantiene un impuesto del 7 por ciento del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior.
El Gobierno nacional decidió extender por dos años más el Fondo Nacional del Turismo a través del Decreto 4/2027, publicado este lunes en el Boletín Oficial. De esta manera, el 7 por ciento del precio de los pasajes aéreos y marítimos al exterior, y los fluviales al exterior se mantiene. La medida contó con las firmas de gran parte del Gabinete, incluido Luis "Toto" Caputo.
Este fondo fue creado con la Ley Nacional de Turismo, promulgada en enero del 2005, que dicta: "El fomento, el desarrollo, la promoción y la regulación de la actividad turística y del recurso turismo mediante la determinación de los mecanismos necesarios para la creación, conservación, protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, resguardando el desarrollo sostenible y sustentable y la optimización de la calidad, estableciendo los mecanismos de participación y concertación de los sectores público y privado en la actividad".
Esta es la segunda extensión que se hace sobre la mencionada ley, tal como quedó expuesto en los argumentos esgrimidos: "Que la vigencia del Fondo de que se trata, de conformidad con lo previsto en el inciso m) del referido artículo 24 de la Ley N° 25.997 y sus modificatorias, fue establecida por el término de DIEZ (10) años, habiendo sido prorrogado, por mandato del artículo 58 de la Ley N° 27.008, por otros DIEZ (10) años, a partir del 5 de enero de 2015".
La institución, que se encuentra dentro de la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, se constituye con las sumas que se le asignen en el Presupuesto de la Administración Nacional; donaciones y legados al Estado nacional con fines turísticos; intereses, recargos, multas y toda otra sanción pecuniaria derivada del incumplimiento de la mencionada ley, fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorgaren, además del mencionado 7 por ciento del impuesto conocido como DNT, según lo que se detalla en la legislación.
El principal objetivo es fomentar y regular la actividad turística nacional, priorizando el desarrollo sostenible y la calidad de los servicios turísticos
La prórroga del impuesto sobre los pasajes aéreos al exterior estuvo en el centro de discusión en un momento de flexibilización de otros tributos, durante los últimos días de diciembre. El Ministerio de Economía había señalado que dicha asignación específica ya se había extendido hasta el 31 de diciembre de 2027.
Por su parte, las aerolíneas habían adoptado una postura de rechazo sobre el tributo señalando que no se debería seguir cobrando. Al igual que el CEO en Estudio Lisicki, Litvin & Asociados, Cesar Litvin, quien señaló, previo a que se tomara la medida a través de un Decreto: "Ningún impuesto puede ser establecido o prorrogado por decreto. Las empresas no lo pueden cobrar porque no está vigente. Tiene que promulgarse una ley para volver a instaurarlo".