El impuesto escondido en el pacto fiscal: comercialización de servicios digitales
"Para gravar la 'presencia digital' en una provincia o el comercio electrónico en cabeza del comprador, el consenso cambia la terminología que utiliza la Ley de Coparticipación Federal, dejando de lado el 'sustento territorial' y adoptando el concepto de 'nexo jurisdiccional'".
El nuevo consenso fiscal que el Gobierno firmó con las provincias busca gravar la economía digital con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en todo el país.
De esta forma, el que venda online pagará en el distrito desde el que se provee el producto o prestación, el del comprador y en cualquier otra provincia donde tenga "presencia digital".
Así lo informó el portal especializado iProUP, en un artículo de Dolores Oliveira en el que indicó que "lo que se apunta es a gravar la comercialización de servicios digitales, como software, y a las plataformas de comercio electrónico como Mercado Libre, entre otros".
"Para servicios digitales prestados por no residentes, serán gravados si la prestación del servicio se desarrolla o utiliza económicamente en una provincia o en CABA. O si recae sobre sujetos, bienes, personas y cosas radicadas, domiciliadas o ubicadas en territorio subnacional, o cuando el prestador o locador contare con presencia digital", afirmó a iProUP Lucas Gutiérrez, de Lisicki, Litvin.
Gutiérrez señaló que "para gravar la 'presencia digital' en una provincia o el comercio electrónico en cabeza del comprador, el consenso cambia la terminología que utiliza la Ley de Coparticipación Federal, dejando de lado el 'sustento territorial' y adoptando el concepto de 'nexo jurisdiccional'".