Multan a plataformas de streaming por "abusivas"

El Gobierno bonaerense sostiene que las empresas no cumplen con las leyes argentinas y se basan, para su funcionamiento, en las de norteamérica.

Dos plataformas de streaming fueron acusadas de incorporar claúsulas abusivas en su funcionamiento, por lo que el Gobierno bonaerense las imputó de oficio.

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El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica de la provincia de Buenos Aires imputó a Spotify y HBO MAX, luego de detectar la inclusión de cláusulas abusivas incorporadas en los términos y condiciones de ambas empresas, en presunta infracción a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor.

De acuerdo al ministerio, las empresas tienen usos y condiciones según las leyes noirteamericanas y no según  las normativas nacionales y provinciales.

Esta no es la primera vez que una plataforma internacional es multada. En agosto pasado, el ministerio notificó a Netflix la actuación de oficio por presuntos incumplimientos a la Ley nacional de defensa del consumidor al advertir la existencia de cláusulas abusivas en sus términos y condiciones.

La empresa en su descargo informó que las clausulas observadas se encontraban en un proceso de revisión, y actualmente Netflix cuenta con un plazo de 10 días para modificar, adecuar o suprimir esas cláusulas, previo a resolver el expediente administrativo, indicaron desde la cartera.

El análisis de los "Términos de Uso de HBO MAX", la cartera constató que "mediante una redacción compleja y poco clara" la empresa "impone a sus usuarias y usuarios cláusulas que se presentan abusivas".

A la vez, comprobó que la empresa "no exhibe el botón de cancelación de suscripción en su sitio web, de modo tal que si un consumidor o consumidora decidiera cancelar el servicio, no lo encontraría de forma clara o visible".

Entre las cláusulas abusivas incluyeron que "no se realizan reembolsos de ninguna suscripción, ni créditos, ni facturación prorrateada", lo que genera en el consumidor la "falsa creencia de que nada podrá reclamar una vez efectuada la contratación y realizado el pago, aun en supuestos de incumplimientos de la empresa, falta o defectuosa prestación del servicio".

Destacaron una "cláusula de limitación de responsabilidad por daños que pudieran ocasionarse del uso del servicio, imponiendo a sus usuarios un límite de tiempo de un año para efectuar posible reclamo", lo que resulta "violatorio del deber legal de garantía que poseen todos los productos y servicios conforme la ley Nacional de Defensa del Consumidor".

En el caso de Spotify, calificaron como abusivas las cláusulas de "exoneración y/o limitación de la responsabilidad, imponiendo que la única y exclusiva solución para cualquier problema con Spotify es desinstalar el software y dejar de usar el servicio".

Asimismo, la plataforma de música y podcast "obliga a renunciar a sus usuarios a la posibilidad de iniciar reclamos en forma colectiva en defensa de sus derechos y la imposición de un arbitraje obligatorio individual", planteó Producción en la imputación.

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