Nación oficializó el plan de contingencia para mitigar los cortes de electricidad en verano
Aunque los próximos meses serán clave para el desarrollo de este programa, la Secretaría de Energía fijó que se extienda durante el período 2024/2026. Las medidas anunciadas están vinculadas a la oferta, transporte y distribución de la energía.
El Gobierno Nacional oficializó el plan de contingencia energética para el verano próximo, a través de la Resolución 294/2024, publicada en la última edición del Boletín Oficial con la firma del secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo.
La Resolución establece en primer lugar medidas destinadas al sector de la Oferta. En ese orden, dispuso "realizar todas las acciones que permitan obtener la importación de energía y potencia de los países limítrofes en horas de elevada exigencia de días críticos que oportunamente definirá la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA), y crucialmente en horas pico".
También resolvió "incorporar un esquema de remuneración adicional, complementaria y excepcional en base a potencia disponible (remuneración fija) y generación (remuneración variable) que promueva la disponibilidad de las centrales de generación térmica en meses y horas críticas, con vigencia desde diciembre de 2024 a marzo de 2026, la que podrá ser prorrogada por la Subsecretaría de Energía Eléctrica de esta Secretaría, por DOCE (12) meses adicionales".
Para ello, "habilitará a los Agentes Generadores titulares de Centrales de Generación Térmica a adherir a un Compromiso de Disponibilidad de Potencia y Mejora de la Confiabilidad para los meses de verano e invierno".
En paralelo, según la normativa, "CAMMESA deberá implementar un procedimiento de despacho de carácter excepcional que permita realizar un uso estratégico de las unidades de generación de energía eléctrica tendiente a reducir los riesgos de restricciones de abastecimiento en los períodos de mayor consumo".
En cuanto al sector del Transporte, indica que para "propiciará mecanismos regulatorios" con el fin de "fomentar las inversiones en ampliaciones de los sistemas de transporte de energía eléctrica"
Finalmente, sobre el sector de la Distribución, el Gobierno estableció que "las empresas distribuidoras de jurisdicción federal" deberán presentar "dentro de un plazo máximo de 15 días desde la publicación de la presente medida, un Programa de Atención de Contingencias ante situaciones de indisponibilidades en sus áreas de concesión".
En simultáneo, "CAMMESA deberá solicitar a los Agentes Distribuidores bajo jurisdicción federal su voluntad de declarar las Unidades Generadoras Móviles (UGEM) de terceros que tengan instaladas en su red para ser utilizadas en el periodo de verano".
A través de esta Resolución, la Secretaría "invitó a los Entes reguladores de las jurisdicciones provinciales a establecer un procedimiento de gestión de la demanda para los agentes distribuidores y/o prestadores del servicio público de distribución del MEM que permita adecuar las condiciones de abastecimiento en días y horas de alta exigencia en el sistema".
En su artículo 5°, el documento planteó "las acciones para una adecuada gestión de demanda en el marco de la emergencia del Sector Energético Nacional y que permitan mantener el nivel de confiabilidad requerido en el MEM" y precisó que "para ello, se implementará un mecanismo de gestión de demanda de los Grandes Usuarios Mayores (GUMAS), voluntario, programado y remunerado que permita contar con oferta de reducción de carga a precio".
A su vez, se creó un Comité de Seguimiento de Implementación del Plan de Contingencia, que realizará un monitoreo continuo y con evaluaciones periódicas y estará conformado por un integrante de la Subsecretaría de Energía Eléctrica, el ENRE, CAMMESA, los agentes Generadores, Transportistas, Grandes Usuarios y Distribuidores bajo jurisdicción federal.