El mínimo no imponible de Ganancias se ajustaría en un 45%
El ajuste no se aplicará sobre la suba del 20% del mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia que se efectivizó tras las PASO. Eso sólo regirá hasta diciembre.
A partir del 2020 se aplicaría un ajuste del 45% en el mínimo no imponible para el cálculo del Impuesto a las Ganancias. De acuerdo a lo informado por Ismael Bermudez en Clarín, la suba del 20% del mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que tienen otros ingresos que se efectivizó tras las PASO sólo se aplicará para 2019.
Eso significa que el próximo año no se lo considerará para el cálculo del nuevo mínimo no imponible de Ganancias y eso generará un mayor impacto del impuesto.
Entonces, ese 20% solo se aplica durante 2019 y no se lo considera para la actualización del valor de 2020.
De esta forma, y yendo a los números, los solteros sin hijos pagarán Ganancias si ganan en mano más de $55.536 pesos. Sería diferente si se aplicara con el 20% porque sólo pagarían los los solteros que ganen más de $66.643.
La próxima semana se conocerán las cifras oficiales.