Transferencias: ¿Cuál es el límite que investiga el ARCA entre cuentas propias?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó sobre los nuevos montos y límites para las transferencias entre cuentas propias y qué tipo de movimientos pueden ser investigados por la ex AFIP
Luego del paso de AFIP al ARCA, el gobierno instrumentó una serie de controles a las transferencias en pesos entre cuentas de personas físicas. ¿Cuál es el límite de movimiento diario?
El ente recaudador avanzó en los últimos meses en la instrumentación de controles sobre movimientos y transacciones en pesos y dólares desde distintas cuentas bancarias y billeteras virtuales que tengan al mismo titular, con el fin de evitar la evasión fiscal.
Así, de acuerdo a la última normativa de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las billeteras virtuales tendrán la obligación de informar las transferencias mayores o iguales a $700.000 pesos.
Por otra parte, las transferencias o transacciones iguales o superiores a los $400.000 pesos, carentes de justificación, también serán objeto de análisis y estudio por parte de ARCA, para determinar el origen de los fondos.
En caso de que el ente recaudador detecte inconsistencias entre gastos y egresos, podrá solicitar: tickets o facturas de compra/venta; justificación de compra y venta de acciones o empresas; recibos de sueldo o último comprobante de cobro de haberes jubilatorios, si correspondiera; constancia de monotributo y en caso de ser necesario, facturación de los últimos meses.
La información puede ser solicitada por los bancos del sistema financiero o por las propias empresas Fintech, que manejan las billeteras virtuales.
En caso de desconocer los comunicados o no responder los requerimientos a plazo, ARCA tendrá la opción de reportar las transacciones o transferencias como "Reporte de Operación Sospechosa" y darle curso a una investigación por parte de la Unidad de Información Financiera (UIF).
Recordemos que la UIF es el organismo estatal encargado del análisis, el tratamiento y la transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el lavado de activos.
Las claves a tener en cuenta
Según informó ARCA, la actualización de los topes no afectan al usuario. Se trata de un régimen de información que deben cumplir las entidades financieras, billeteras virtuales y plataformas.
Si superan los nuevos máximos, dichas entidades deberán informar ante el organismo las siguientes operaciones:
- Si el total de consumos con tarjetas de débito del país o los ingresos o egresos totales en billeteras virtuales superan los $600.000.
- Si el total de acreditaciones bancarias registradas en el mes, de depósitos a plazo constituidos en el mes superan el $1 millón. También aplica a las extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio. Y al saldo final en cuentas bancarias o billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.
- En caso que las transferencias bancarias o virtuales superen los $2.000.000, las entidades deberán informarle al ARCA. El organismo remarcó que solo aplica este tope para billeteras virtuales.