Así avanza el proyecto para devolver el IVA a los turistas en Chile

El proyecto ingresó al Congreso y es analizado por comisiones. También se le hicieron algunos cambios significativos para los mendocinos.

El proyecto de Ley de "Medidas para la Reactivación del Turismo en Chile" que considera entre sus puntos más importantes la devolución del IVA a los turistas que hagan compras en Chile, avanza en el congreso trasandino y ya es analizado en comisiones de Diputados.

El texto está incluido en los 21 proyectos económicos que tienen "fast track" o tratamiento rápido gracias a un acuerdo con Ejecutivo y el Legislativo chileno. De esta forma, el proyecto debería avanzar en el corto plazo.

El documento comenzó a ser analizado en mayo y en este momento es analizado en comisiones de la Cámara de Diputados, aunque en el medio del tratamiento sufrió algunos cambios importantes para los turistas.

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El texto legislativo considera en su artículo 1° las condiciones para la devolución del IVA bajo las siguientes condiciones. El proyecto, en su Título I, propone que las personas no residentes que ingresen al país con fines turísticos tendrán derecho a la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En el vecino país es fácil saber cuánto puede ser la devolución, ya que en las facturas el IVA sale separado del valor del producto, por lo que se puede tener una idea de cuánto se podría recuperar.

Articulado

En el artículo 1° del texto señala que "la devolución a la que se refiere el inciso primero se aplicará sobre los bienes corporales muebles adquiridos en el país para consumo o utilización personal". También se indica que "no aplicará la devolución respecto a bienes utilizados principalmente como insumos en procesos productivos y el peso conjunto de los bienes no podrá ser superior a 23 kilogramos".

Sin embargo, y según consta en la página de la Cámara de Diputados, el 24 de julio pasado hubo una indicación presidencial al texto modificando el artículo en cuestión y que señala "eliminase en el inciso tercero la frase 'y el peso conjunto de los bienes no podrá ser superior a 23 kilogramos'".

Ante eso, se entiende que ya no se pondría un limite de peso para la devolución de los productos.

El proyecto también indica que todo lo señalado debe ser reglamentado por el Ministerio de Hacienda, el cual "regulará las características de los bienes corporales que cumplen con los requisitos para acceder a la devolución establecida en el presente artículo". 

También se destaca que "los establecimientos que comercialicen los bienes señalados en el reglamento podrán publicar avisos o informar a sus clientes que los productos adquiridos en dicho establecimiento dan derecho a solicitar la devolución".

Devolución

Según el proyecto, para tener derecho a la devolución, el valor de las compras realizadas por el turista extranjero, respecto de los bienes indicados en el artículo anterior, deberán superar en su conjunto "3 unidades de fomento", lo que equivale a $110.000 CLP.

El monto máximo de devolución respecto de un bien determinado será aquel que resulte de la diferencia entre el Impuesto al Valor Agregado soportado por el turista extranjero y el costo de administración del sistema de devolución contenido. Esto dependerá de la forma en que se reglamente la futura ley.

La solicitud deberá ser presentada ante el Servicio de Impuestos Internos con los siguientes documentos.

a) Exhibir los documentos tributarios, válidamente emitidos, que dan cuenta del valor del Impuesto al Valor Agregado soportado en las compras de los bienes. (boletas o facturas). Cuando la compra sea pagada con tarjeta de crédito, esta última debe estar emitida en el extranjero y estar asociada a una persona natural.

b) Presentar su pasaporte o documento de identificación, el que deberá haber sido expedido por el país donde reside o se encuentra domiciliado.

c) Acreditar que abandona el país. Para estos efectos el turista extranjero podrá presentar el ticket aéreo o terrestre con fecha del mismo día en que se efectúa la solicitud u otro formulario requerido por la autoridad que dé cuenta que se abandonará el país dentro del mismo día.

El artículo 3° del proyecto señala que el turista extranjero podrá pedir la devolución en los pasos fronterizos que se dispongan de acuerdo con el reglamento de esta ley. 

La devolución estará a cargo del Servicio de Impuestos Internos. Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio podrá, mediante licitación pública, encargar que la devolución sea implementada por un tercero.

Cuánto gastan los turistas en Chile

Una cuestión clave para el proyecto es la cantidad de dinero que se podría devolver a los turistas. Según los cálculos del organismo de turismo chileno, del total del gasto que hace un visitante en el vecino país, un 15% podría entrar en la calificación porque corresponde a bienes corporales que cumplen con las indicaciones de la normativa.

El gasto promedio del turista extranjero en el vecino país alcanza los US$884 y la proyección que hacen es de 5 millones de turistas en los próximos 4 años.

Mientras, el texto continúa con su trámite legislativo con la mirada atenta de los mendocinos que siguen aprovechando los precios que resultan convenientes para una Argentina que está cara en dólares.

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