Godoy Cruz es el primer municipio argentino con presupuestos mínimos para la gestión del cambio climático

Se aprobó la Ordenanza que sienta las bases de acción ante el cambio climático. La normativa alcanza a toda la gestión municipal y se encuentra en coherencia con los presupuestos establecidos por el Congreso de la Nación.

En Godoy Cruz se incorporará la perspectiva de cambio climático a todas las políticas públicas locales, transversalizando la gestión climática local y garantizando que las iniciativas municipales aporten al logro de las metas de mitigación y adaptación.

La ordenanza fue aprobada por el Concejo Deliberante en la última sesión extraordinaria del año.

La nueva normativa establece entre sus objetivos lograr una ciudad carbono-neutral al año 2030.

Algunos ítems:

  • Fija metas mínimas de reducción o eliminación de emisiones de GEI s
  • Fomenta el uso de indicadores de sostenibilidad.
  • Impulsa la gestión integrada del recurso hídrico como elemento estratégico para el ordenamiento territorial, propendiendo a la preservación del recurso y la eficiencia de su uso.
  • Incentiva y fomenta la utilización de energías renovables para diversificar la matriz energética, tanto en la infraestructura pública municipal como en el sector privado y la comunidad de Godoy Cruz; entre otras.
  • También prevé medidas de adaptación, entre las que se destacan: desarrollar modelos meteorológicos que permitan obtener proyecciones apropiadas de las variables atmosféricas necesarias para el manejo de riesgos ambientales, considerando las estaciones meteorológicas propias del municipio y las que aporte el Servicio Meteorológico Nacional.
  • Incrementa la capacidad de respuesta e implementa medidas de prevención en el marco de la gestión integral de riesgos frente a fenómenos climáticos extremos.

  • Promueve la erradicación o poda de árboles secos y su reemplazo por ejemplares que no conlleven riesgo a la salud de las personas y animales; entre otras.

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Legislatura

San Luis prohibió la lucha antigranizo y todo tipo de modificación artificial del clima

La ley prohíbe el uso de cualquier técnica, actividad, mecanismos, sistemas y tecnología destinada a alterar o modificar artificialmente de forma directa e intencional la fase atmosférica del ciclo hidrológico en las etapas de condensación o precipitación, sumado a provocar cambio artificial del clima, sobre el territorio sanluiseño.

Observatorio económico