Claves del nuevo proceso para que los importadores consigan dólares al precio oficial
El nuevo mecanismo busca "simplificar y agilizar" los pedidos de las empresas alcanzadas por las últimas restricciones de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios.
Las empresas que necesiten adquirir dólares en el mercado oficial para comprar bienes importados para la producción deberán completar un formulario a través de los bancos con los que son clientes para que éstos lo presenten ante el Banco Central y, así, habiliten su pedido.
El nuevo mecanismo fue oficializado a través de la Comunicación "B" 12020 del Banco Central (BCRA), con la que busca "simplificar y agilizar" los pedidos de las empresas alcanzadas por las últimas restricciones de acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) establecidos con las Comunicaciones A 7001 y A 7030.
"Las empresas interesadas en comprar dólares para pagar importaciones deberán completar un formulario que está adjunto en la comunicación del BCRA y presentarlo -en la Mesa de Entradas, dirigida a la gerencia principal de Exterior y Cambios- a través de la entidad autorizada a cursas pagos de importaciones de bienes", informó el Central a través de un comunicado.
Esta herramienta responde al pedido que diversos sectores productivos le hicieron al Banco Central ante el virtual congelamiento del acceso al MULC que registraron desde la aplicación de mayores requisitos para la compra de dólares.
Hace algunos días, autoridades del BCRA mantuvieron un encuentro virtual con la cúpula de la Unión Industrial Argentina (UIA) en el que se le aseguró a los empresarios que el nuevo marco normativo no pretende afectar el acceso a las importaciones y que, conforme con ello, se adaptaría la norma para evitar que eso sucediera.
El formulario solicitado a los importadores buscará lo siguiente:
-Que los bancos informen si la empresa que solicita acceder al mercado compró dólares en 2020 que superan a sus importaciones cursadas; accedió a préstamos subsidiados durante la cuarentena; operó dólar bursátil en los últimos 90 días; y/o posee "activos externos líquidos" en el exterior o en el país.
-En caso de que alguna de estas cuestiones fuera afirmativa, la empresa deberá explicar los motivos que justifican esa situación y, además, aclarar si los dólares que requiere son para la compra de bienes relacionados con la emergencia sanitaria de al Covid-19 o si tiene pagos sin registro de ingreso aduanero en demora.
-El banco o casa de cambio interviniente deberá realizar un análisis del encuadre de la operación y acompañarlo con la documentación que considere relevante para atender el pedido.
-La presentación del formulario podrá ser en forma presencial o mediante un correo electrónico y el documento deberá estar firmado por el responsable del área de exterior de la entidad e incluir la nota original del cliente.
-Las entidades no podrán cobrar comisiones ni cargos por la realización de estas gestiones y deberán tomar los recaudos necesarios para que el pedido cuente con la información necesaria y suficiente para su análisis y evaluación.